Hola colegas, quiero consultarles si ante la transferencia del establecimiento laboral corresponde que al trabajador se le abone alguna indemnización.
Se mantendrían todas las mismas condiciones (remuneración, horarios, lugar de trabajo, etc) pero la empresa seria disuelta y se va a crear una nueva (según pudo entender mi cliente) Mas alla de aplicarse el art 225 y respetarsele la antigüedad, le corresponde cobrar algo.
Gracias
Se mantendrían todas las mismas condiciones (remuneración, horarios, lugar de trabajo, etc) pero la empresa seria disuelta y se va a crear una nueva (según pudo entender mi cliente) Mas alla de aplicarse el art 225 y respetarsele la antigüedad, le corresponde cobrar algo.
Gracias