Hola Colegas. Si actuo por apoderado en una laboral, el pliego lo respondo yo o mi cliente? Otra consulta, como es la modalidad de respuesta?? Y cuando declaran los testigos el letrado siempre esta presente? (sea de una u otra parte) Pregunto porque en esta semana tengo mi primer . DESDE YA MUCHAS GRACIAS A TODOS!
Iusgus2013 escribió:Hola Colegas. Si actuo por apoderado en una laboral, el pliego lo respondo yo o mi cliente? Otra consulta, como es la modalidad de respuesta?? Y cuando declaran los testigos el letrado siempre esta presente? (sea de una u otra parte) Pregunto porque en esta semana tengo mi primer . DESDE YA MUCHAS GRACIAS A TODOS!Vos vas por demandada o actor. Siempre ambos letrados están presentes siempre. Las vistas de causa se toman únicamente si el Tribunal esta integrado o sea si están presentes los 3 jueces, ahí casos en que si falta uno y puede hacercarse otro juez de otro tribunal queda integrado; pero sino no se toma la vista. Se parece a lo de las peliculas los tres en un estrado las partes abajo con sus letrados y los testigos afuera van pasando de a uno. Vos como letrado aporderado no podés responder pliego (Absolucion de posisiones) es un acto personal del actor o del demandado (en caso de ser una sociedad comercial el representante legal con poder suficiente), pero vos no!!!!! La modalidad de respuesta las muy pocas veces que se toman y las que he presenciado es si o no. Te recomiendo que vayas bien preparado a la vista de causa, si se llega a tomar a los jueces les gusta preguntar mucho; pero repito es dificil que se tomen. Tene en cuenta que la vista de causa es el paso previo a la sentencia, hasta ahí ocasiones que se alega in voce o se pone plazo ahí mismo; por lo cual la prueba debería estar totalmente producida sobre todo la pericial sino la vista se suspende. Ojo con los oficios que por lo menos deben estar diligenciados, yo he visto tribunales que te lo toman por decaido al derecho a un oficio porque no lo diligenciaste hasta la vista de causa.