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  • SUSPENSIONES Y DESPIDO CON CAUSA

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Le ofrecemos este nuevo espacio exclusivo para temas relacionados con el Derecho Laboral
 #1169691  por EduardoLex
 
Estimados, pregunto lo siguiente, a mi cliente le notificaron tres suspensiones (la prirmera de un día, la segunda de dos y la tercera de seis días) dentro del lapso de año en forma escrita en el trabajo y el firmo, jamas cuestiono ninguna de ellas, y finalmente lo despiden por acumulación de sanciones y perdida de confianza, la pregunta es si ese tipo de notificación es suficiente o el empleador debía si o si emitir carta documento para darle validez total y fecha cierta a la notificación al trabajador?
Gracias,
 #1169743  por adessoma
 
Es que la carta documento ya lo ha notificado a tu cliente, por lo que ninguna otra comunicación debe enviar el empleador cuando despide por justa causa.
 #1169763  por dramnj
 
Estimado Colega,

En tu lugar, analizaría bien el caso, sobre todas las cosas, si la aplicación de las medidas disciplinarias (por lo menos de la ultima, entiendo que estas a tiempo) es proporcional entre la falta y la sanción que decantó en una sanción mas agravada aún, el despido con causa, ya que el art 220LCT consigna que “las suspensiones fundadas en razones disciplinarias o debidas a falta o disminución de trabajo no imputable al empleador, no podrán exceder de treinta (30) días en un año, contados a partir de la primera suspensión”. Por lo cual, podrías proceder a su impugnación judicial siempre y cuando te encuentres dentro del plazo previsto por el 67 segundo párrafo, cuestionando su procedencia y el tipo de extensión de la misma. El tema es analizar si efectivamente fue proporcional o se trata de un despido con causa "apresurado", y recordá que se den estos requisitos:

Contemporaneidad, proporcionalidad y no duplicación de la sanción.

Saludos!