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Consultas sobre pensiones, jubilaciones, aportes y todo lo relacionado al Derecho Previsional
 #1170366  por martin2017
 
Buenas tardes, no se si a alguien le pasó.
Un señor solicitó su jubilación y se la rechazaron, porque no dieron verificación positiva a unos aportes de relación de dependencia, le explicaron que el empleador era una empresa observada.
La verificación tardó dos años, los períodos que le rechazaron son 8 meses, y en los dos años que tardaron en decidir el rechazo de la solicitud, el señor acumuló los beneficios del art. 19 y además terminó de abonar un plan de pago de autónomos (mis facilidades) con el cual pagó los aportes autónomos desde Febrero de 2014 a enero de 2015, por ende, sumó 12 meses más de aportes.
Así las cosas en Marzo de 2017, ANSES, emite resolución denegatoria, por no cumplir el requisito de 30 años de aportes.
La solicitud de la jubilación fué ingresada en el mes de Agosto de 2015, el señor cumplió los 65 años el 09 de Octubre de 2014, y el plan de pago de Afip, se terminó de pagar en Mayo 2016.
Si dá de baja la moratoria que usó (Ley 24476) e inicia una nueva jubilación pierde todo el retroactivo.
Si presenta Recurso ante la CARSS, alegando que al momento en que la ANSES dicta la resolución denegatoria (marzo 2017), él cumplía los requisitos de 30 años de aportes, no pierde el retroactivo.
No se cuanto tarda la CARSS en resolver y si alguien sabe, si en estos casos, se expiden a favor de los aportes al momento de la solicitud del beneficio y no al momento del dictado de la resolución.
Muchas Gracias, por el espacio de opinión, soy nuevo, y felicito a los integrantes, es muy interesante el foro.
 #1170392  por Emma2011
 
Hola, bienvenido al foro, en relación a tu planteo te paso una circular sobre el tema, que te puede ayudar a fundamentar el recurso.

Buenos Aires, 08 de Junio de 2005.-
CIRCULAR GP Nº 27/05
CUMPLIMIENTO DE EXTREMOS LEGALES DURANTE LA TRAMITACIÓN DE LA
PRESTACIÓN

Por medio de la presente se pone en conocimiento el criterio consensuado en la
reunión del Comité de Coordinación creado por el artículo 19 del Reglamento de la
Comisión Administrativa de la Seguridad Social (CARSS), aprobado por la Resolución
GG Nº 85/03, modificada por su similar Nº 246/03, acerca de aclarar el curso de acción
a seguir cuando a la fecha de presentación el peticionante de una prestación no
acredita los extremos legales exigidos para acceder a la misma.
Por tal motivo, en la hipótesis de falta de derecho al momento de la solicitud, pero con
acceso o cumplimiento de los extremos legales durante el trámite y/o al momento de
resolver la petición, dará lugar al otorgamiento de la prestación solicitada, con la
salvedad que la fecha inicial de pago deberá establecerse a partir del momento en que
se reúnen los recaudos de ley.