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  • competencia territorial

  • Lo piden...lo tienen. Que sea util!!!
Lo piden...lo tienen. Que sea util!!!
 #1170548  por Romina34
 
Hola colegas!
consulta. en caso de reclamo contra supermercado (el consumidor se cayó dentro de las instalaciones del super) la competencia territorial estaría dada por el art. 5 inc 3) del Codigo Procesal Civil y Comercial, correcto? Pudiendo en tal caso, a elección del consumidor, hacer el reclamo donde tenga el domicilio el demandado?
Gracias!!
 #1170648  por PabloMarasco
 
Que tal?

Sí, es correcto. Te paso también el art. 5 Ley 26.993 (del COPREC por si el caso es en Capital) para que lo tengas en cuenta:

ARTICULO 5° — Normas de procedimiento. El procedimiento se regirá por las reglas y condiciones previstas por esta norma y los principios establecidos en la ley 24.240 y sus modificatorias.

La competencia del COPREC se determinará por el lugar de consumo o uso, por el de celebración del contrato, por el del proveedor o prestador o por el domicilio de la citada en garantía, a elección del consumidor o usuario.

Se aplicará supletoriamente el Código Procesal Civil y Comercial de la Nación, salvo en materia de plazos, los cuales se contarán por días hábiles administrativos.
 #1171097  por Romina34
 
Gracias!!! pero no voy a ir por COPREC, voy a ir por mediación común. Mi experiencia en COPREC fue de cuarta, la hice el año pasado, malísimo como funciono en mi caso. El tema es grave así que no perderé tiempo allí.
Saludos,