Buenas noches colegas estoy con la sucesión del padre de un amigo de mi esposo que tramita en CABA y quisiera saber si alguno de Uds. me puede traducir esto:
* la totalidad de los herederos deberán manifestar lo que estimen
corresponder respecto de la deuda que en concepto de tasa e
impuestos sanitarios pudiera registrar el inmueble que integra el
acervo hereditario sito en esta jurisdicción, en los términos del art.
5to. de la ley 22.427.-
* Cumplir con lo dispuesto por el art. 78 bis, 5to. párrafo de la ley
1.010 de la ciudad de Buenos Aires, incorporado por el Dto. 27/03.
Desde ya les agradezco, no hago CABA y los herederos dicen no tener deudas.
Saludos.
* la totalidad de los herederos deberán manifestar lo que estimen
corresponder respecto de la deuda que en concepto de tasa e
impuestos sanitarios pudiera registrar el inmueble que integra el
acervo hereditario sito en esta jurisdicción, en los términos del art.
5to. de la ley 22.427.-
* Cumplir con lo dispuesto por el art. 78 bis, 5to. párrafo de la ley
1.010 de la ciudad de Buenos Aires, incorporado por el Dto. 27/03.
Desde ya les agradezco, no hago CABA y los herederos dicen no tener deudas.
Saludos.