Hola colegas, vengo con una duda a ver si voy por buen camino....
Les cuento el caso.
Empleado sueldo mitad blanco mitad negro trabaja para un servicio post venta de motos de una marca de renombre, lo despiden con causa (inventada).
Comienza el intercambio telegrafico rechazando la causal de despido y reclamando indem. y demas.
Se llego al SECLO y no hubo posibilidad de acuerdo.
Al SECLO llame a la empresa empleadora directa, una SA que tiene la concesion del servicio postventa y a la empresa de motos, mas que nada para poder negociar un poco mejor y que la empresa principal pueda meter un poco de presion para conciliar.
Mi tema es que ahora tengo que iniciar la demanda y quiero traer tambien a la empresa principal a la demanda. Pensaba hacerlo en virtud del art. 30 de la LCT debido a que mi cliente estaba parte en blanco y parte en negro, ademas la fecha de ingreso esta mal consignada, ya que la empresa principal al ceder esa explotacion debio controlar el cumpliimento de las normas laborales al respecto de los empleados de la empresa de servicio post venta.
Que opinan, voy por el camino correcto o ven otra via mejor por la que pueda traer a la empresa principal?
Cualquier opinion o ayuda sera bienvenida.
Gracias!!!
Les cuento el caso.
Empleado sueldo mitad blanco mitad negro trabaja para un servicio post venta de motos de una marca de renombre, lo despiden con causa (inventada).
Comienza el intercambio telegrafico rechazando la causal de despido y reclamando indem. y demas.
Se llego al SECLO y no hubo posibilidad de acuerdo.
Al SECLO llame a la empresa empleadora directa, una SA que tiene la concesion del servicio postventa y a la empresa de motos, mas que nada para poder negociar un poco mejor y que la empresa principal pueda meter un poco de presion para conciliar.
Mi tema es que ahora tengo que iniciar la demanda y quiero traer tambien a la empresa principal a la demanda. Pensaba hacerlo en virtud del art. 30 de la LCT debido a que mi cliente estaba parte en blanco y parte en negro, ademas la fecha de ingreso esta mal consignada, ya que la empresa principal al ceder esa explotacion debio controlar el cumpliimento de las normas laborales al respecto de los empleados de la empresa de servicio post venta.
Que opinan, voy por el camino correcto o ven otra via mejor por la que pueda traer a la empresa principal?
Cualquier opinion o ayuda sera bienvenida.
Gracias!!!