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  • Aplicación art. 669 reembolso gastos nacimiento

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A pedido de los usuarios, un nuevo Foro dedicado exclusivamente al Derecho de Familia
 #1173233  por luca
 
Hola, tengo una duda de interpretación del art 669 del código, voy a iniciar demanda por alimentos de un bebe de 8 meses, el tema es que la madre me consulta si puede pedir el reembolso de los gastos por el nacimiento del bebe ya que ante una urgencia por parto prematuro nació en un privado sin obra social. Será posible reclamar la mitad de lo pagado invocando ese artículo? Que opinan? No encuentro jurisprudencia
 #1181739  por marcossargento
 
Encontre este modelo en internet, me imagino que ya lo habras presentado, si fue así como te fue?

INICIA ACCION DE REEMBOLSO POR ALIMENTOS


Señor Juez:

YYY……………., DNI……., por derecho propio, con domicilio real en la calle ……………. de la localidad de San Justo-La Matanza, constituyendo domicilio conjuntamente con mi letrado patrocinante Dr……..Tº Fª CALM, en la calle……..de la localidad de San Justo. a V.S. me presento y respetuosamente me presento y digo:

I-OBJETO

En el carácter invocado y siendo el que suscribe el que ha asumido los gastos que irrogaron el cuidado de nuestro hijo: Julio Javier Roca desde ( fecha), vengo a promover formal acción de reembolso de todo lo gastado en concepto de alimentos conforme lo establece el art. 669 párrafo 2do del CCy CN.
Que conforme se acredita con la partida de nacimiento que en copia certificada se acompaña, la constancia de radicación de la demanda de alimentos radicada en el juzgado de familia nro. 2 del dto judicial de Morón y los gastos que se acreditan en las presentes actuaciones; he asumido los gastos de nuestro hijo cuyo reembolso se solicita.iniciando acción contra el/la progenitor/ra, Sr./Sra. Roca Pedro con domicilio real en la calle …………….de la localidad de San Justo-La Matanza, que fueron destinados a cubrir las necesidades alimentarias y educación (art. 646, 658, 659 del Nuevo Código Civil y Com. De la Nación)

II- HECHOS:
Que mantuve una relación matrimonial…unión de convivencial, etc ( ver caso concreto) con el Sr.xxxx y de dicha unión nació nuestro hijo xxxxxxxx, el día……..-
Que nuestro hijo, el cuál convive con el/la aquí peticionante desde xxxxxxxx, estudia la carrera de Medicina (ver caso concreto). Impidiéndole dicha capacitación proveerse independientemente los recursos necesarios para su subsistencia conf. lo establece el art. 663 del Código Civil y Comercial de la Nación.
Si bien es cierto que los alimentos y la educación son una obligación de ambos progenitores conforme a la condición o fortuna de los mismos aunque la aquí solicitante esté a cargo de su cuidado personal, dichas tareas cotidianas tienen un valor económico y constituyen un aporte a su manutención, conf. . lo establece el art. 658 y 660 del C.C y C de la Nación.-
La obligación alimentaria comprende “ copiar textualmente art. 659 del CC y C de la N.”
Es así V.S. que ésta obligación de proveer los recursos suficientes para el hijo cuando éste se capacita, subsiste hasta los 25 años de edad, gozando la peticionante de la legitimación suficiente para su petición cuando es el progenitor conviviente con el hijo. (arg. Art. 663 del CC y CN.)
En razón de los argumentos expuestos que viabilizan la petición de alimentos conforme se acredita en los presentes actuados con el correspondiente certificado de alumno regular extendido por la Universidad nacional de La Matanza, solicito la suma de Pesos xxxxx en concepto de cuota alimentaria para mi hijo mayor de edad que se capacita.-
Acompañar liquidación detallada de gastos …


III-DERECHO

Que gozando el /la peticionante de legitimación suficiente, fundo el derecho que me asiste en lo preceptuado en los art. 669 2do parte del Código Civil y Comercial de la Nación; art. xxxxx y ccs. del CPCC de la Provincia de Buenos Aires.-

lV- PRUEBA

Documental:

1. Acompaño original partida de nacimiento, de donde surge el parentesco con el demandado.
2. Copia simple de recibo de sueldo del progenitor, expedido por la firma “Ideas del Sur S.A.).

3. Certificado de alumno regular expedido por el establecimiento educativo UNLAM.
4. Facturas de supermercado, vestimenta, etc.

Testimonial: Se cite a prestar declaración testimonial a las siguientes personas:
a) Xxxxxx, con domicilio en la calle………de……,
b) Xxxxxxxx, con domicilio en la calle……. de……..-

Informativa:

a) Relativo a la actividad laboral del demandado y a los ingresos que por ella percibe, solicito se libren sendos oficios a la firma “IDEAS DEL SUR S.A”, con domicilio en la calle……..a fin de que informen: si el demandado es empleado bajo su dependencia, su antigüedad, cargo que ocupa y a cuánto asciende actualmente su sueldo.
b) Al establecimiento educativo “…..”, sito en la calle…….. para que informe si xxxxx es alumno regular, año que cursa, monto de la cuota mensual y monto de la matrícula anual.
c) Para el caso de desconocimiento de la constancia de alumno regular extendida por la UNLAM. Ofíciese a los fines que se expida sobre la autenticidad de la misma.
d) Afip..Anses… etc.
e)
Confesional:
De la parte demandada, a tenor del pliego de posiciones que acompaño en sobre cerrado para su apertura en la audiencia que fije V.S..

Informe socio-ambiental: A los fines de demostrar la convivencia y la forma de vida.

V- PETITORIO

Por lo expuesto, a V.S. solicito que:

1. Me tenga por presentado por derecho propio y en representación de mi hijo mayor de edad que se capacita ( arg. art. 661 inc. a del Nuevo Código Civil), por constituido el domicilio legal y por denunciado el real.
2. Haga lugar a la prueba testimonial, confesional e informativa ofrecida.
3. Oportunamente, haga lugar a la demanda, fijando una cuota de alimentos, que cubra todas las necesidades que enumera el art. 659 del nuevo Código Civil y C de la Nación.
4. En consecuencia, se condene al demandado al pago de cuota alimentaria en la suma de pesos ($..........), con costas.

Proveer de conformidad,
Será Justicia.
 #1240891  por luca
 
Hola, en mi caso el bebe tenía 8 meses y solicité los gastos del parto que fueron pagados en forma particular porque no tenía obra social y fue un parto prematuro. La sentencia salió a favor y ordenaron al padre abonar el 50 % de los mismos
 #1240915  por mpcarlo000
 
Que bueno. Gracias por responder. Igualmente me queda la duda de la fecha inicial de pago del reembolso, porque se que es hasta el inicio de la acción porque desde ahi en adelante se computan la cuota alimentaria, pero el reembolso del 50%??? Desde cuando si el hijo tiene 20 años?? Sería un año??