Buenos días. Cuando una ley órganica del poder judicial autoriza la prórroga de competencia por la cuantía, a un juez de mayor competencia, basta con interponer la demanda frente a este juez de mayor cuantía? ¿puede el demandado luego plantear al incompetencia? Es decir, es necesario que el demandado luego consienta la competencia de este juez de mayor cuantía para que el expte quede definitivamente radicado allí? gracias.