Saludos, Colegas! Acudo a aquellos más experimentados en sucesiones, para aclarar algunas dudas tontas, acerca de la etapa de PARTICIÓN Y ADJUDICACIÓN.
En este caso particular, la sucesión de DON PEDRO ha seguido adelante sin problemas, siendo nombrados como herederos universales ESPOSA, HIJO1 E HIJO2.
No se habían introducido ni denunciado bienes algunos, hasta ahora, momento en que los herederos deben firmar la TRANSFERENCIA DE UNA CAMIONETA, por lo que quieren que el Registro Automotor reconozca su condición de herederos.
CAMIONETA: 50% DON PEDRO ; 50% ESPOSA.
Entiendo que sólo tengo que introducir el 50% del causante, y calcular tasa y sobretasa sobre ese monto.
1) Acerca de partición:
sólo la mitad de la camioneta pertenecía al causante.
La otra mitad es de su esposa (aparece como heredera universal).
Plantée la partición sólo en torno al 50% de la camioneta y excluyendo a la esposa, puesto que no puede llevarse tajada de la mitad no ganancial.
2) TASA Y SOBRETASA.
Aproximación. Tomando un valor de $130.000.
2.2% = $2860 / 2 = $1430
Puesto que sólo se transfiere el 50% de la camioneta.
+10% = $143.
TOTAL= $1570.
¿De dónde sacamos el valor oficial? Corregime el cálculo si le pifié.
3) ¿Pedimos que inscriban el bien a nombre de la vieja y de los dos hijos, para que entre los 3 firmen el 08? ¿Existe algún medio más idóneo o expedito?
Les muestro el escrito que planeaba usar, por si alguno tiene un minuto para corregir mis razonamientos fallidos.
FORMULAN PARTICION Y ADJUDICACION. ADJUNTAN INFORME DE DOMINIO. SE LIBRE OFICIO.
Señor Juez:
RUBEN NÉSTOR GÜERZONI con domicilio real en la calle XXX de esta ciudad, y DANIEL GÜERZONI con domicilio real en la calle XXX de esta ciudad, ambos por derecho propio, y con domicilio constituído en la calle Libertad 777, Piso 3º, Departamento “A”, conjuntamente con nuestro letrado patrocinante Dr, Eduardo Manuel besada (T°.., F°..), C.U.I.T. n°.........., en los autos caratulados “GUERNOZI, RAÚL NÉSTOR s/ Sucesión ab-intestato.” (Expediente número xxx) a V.S. decimos:
I. OBJETO:
Nos presentamos ante V.S. a efectos de manifestar la partición de bienes correspondientes al presente sucesorio de nuestro extinto padre, RAÚL NESTOR GÜERZONI.
II. ANTECEDENTES: La partida de defunción adjuntada al escrito inicial da cuenta que RAÚL NESTOR GÜERZONI falleció el 25 de mayo de xxx en esta capital. surge asimismo que el causante se casó en primeras nupcias con NÉLIDA STRELCHENIA, siendo hijos de dicho matrimonio RUBEN NÉSTOR GÜERZONI y DANIEL GÜERZONI.
III. Que como consecuencia de ello se dictó en estos autos declaratoria de herederos por la que se estableció que revisten el carácter de únicos y universales herederos de la causante sus hijos RUBEN NÉSTOR GÜERZONI y DANIEL GÜERZONI y a su esposa NÉLIDA STRELCHENIA.
IV. BIENES (ACERVO HEREDITARIO):
El único bien correspondiente al presente sucesorio consiste en:
2. El cincuenta por ciento (50%) indiviso de una camioneta Marca Ford, modelo EcoSport 1.6 L 4x2 XLS, dominio EWB 868.
Este bien es ganancial pues fue adquirido a título oneroso por Raúl Nestor Guerzoni, durante el transcurso de su matrimonio con Nélida Strelchenia.
V. PARTICION Y ADJUDICACION:
Solicitamos por medio de este escrito se efectúe la división y partición del bien indicado en el punto IV.
RUBEN NÉSTOR GÜERZONI: Se adjudica a su favor el 50% del dominio de la parte del causante de la camioneta Marca Ford, modelo EcoSport 1.6 L 4x2 XLS, dominio EWB 868.
Dicho bien es ganancial, como consta en el informe de dominio que se adjunta...
Valor del bien: $ XXXXX (a este efecto se adjunta constancia de valuación fiscal).
DANIEL GÜERZONI: Se adjudica a su favor el 50% del dominio de la parte del causante de la camioneta Marca Ford, modelo EcoSport 1.6 L 4x2 XLS, dominio EWB 868.
Dicho bien es ganancial, como consta en el informe de dominio que se adjunta...
Valor del bien: $ XXXXX
VI. ADJUNTAN INFORME DE DOMINIO:
Que a fin de que se disponga la inscripción de los bienes adjuntamos informes de dominio del bien cuya inscripción se solicita.
VIII. PAGO DE LA TASA JUDICIAL:
A fin de cumplir con el pago de la tasa de justicia (arts. , ley 23.898) se adjuntan constancias de la valuación fiscal del mueble.??
a) camioneta ford. dominioo xxxxx.
Puesto que sólo el 50% de la camioneta correspondía al causante por ser ganancial-, el cálculo de la tasa de justicia sobre este último bien debe realizarse sobre el 50% y no sobre el 100%.
IX. HONORARIOS:
El letrado patrocinante, respecto de los derechos que puedan corresponderle en razón de las normas arancelarias, manifiesta que no teniendo objeción que formular, presta su conformidad a lo solicitado en el presente.
X. PETITORIO:
En virtud de lo expuesto precedentemente, a V.S. solicitamos:
1º) Se apruebe la propuesta de partición formulada en este escrito.
2°) Se disponga la agregación de los informes de dominio acompañados.
3º) Tenga por abonada la tasa de justicia correspondiente a estas actuaciones.
4º) Ordene libramiento de oficio a los Registros de la Propiedad AUTOMOTOR de la Provincia de buenos Aires (ley 22.172) la inscripción de los bienes adjudicados respetando los términos de la propuesta de partición formulada, haciéndose constar que el Dr. Eduardo Manuel Besada y/o Nicolás Carnevalini (D.N.I. 34.199.892) se encuentran autorizados para diligenciar la inscripción de los oficios peticionados.
Tenerlo presente y proveer de conformidad,
SERA JUSTICIA.
En este caso particular, la sucesión de DON PEDRO ha seguido adelante sin problemas, siendo nombrados como herederos universales ESPOSA, HIJO1 E HIJO2.
No se habían introducido ni denunciado bienes algunos, hasta ahora, momento en que los herederos deben firmar la TRANSFERENCIA DE UNA CAMIONETA, por lo que quieren que el Registro Automotor reconozca su condición de herederos.
CAMIONETA: 50% DON PEDRO ; 50% ESPOSA.
Entiendo que sólo tengo que introducir el 50% del causante, y calcular tasa y sobretasa sobre ese monto.
1) Acerca de partición:
sólo la mitad de la camioneta pertenecía al causante.
La otra mitad es de su esposa (aparece como heredera universal).
Plantée la partición sólo en torno al 50% de la camioneta y excluyendo a la esposa, puesto que no puede llevarse tajada de la mitad no ganancial.
2) TASA Y SOBRETASA.
Aproximación. Tomando un valor de $130.000.
2.2% = $2860 / 2 = $1430
Puesto que sólo se transfiere el 50% de la camioneta.
+10% = $143.
TOTAL= $1570.
¿De dónde sacamos el valor oficial? Corregime el cálculo si le pifié.
3) ¿Pedimos que inscriban el bien a nombre de la vieja y de los dos hijos, para que entre los 3 firmen el 08? ¿Existe algún medio más idóneo o expedito?
Les muestro el escrito que planeaba usar, por si alguno tiene un minuto para corregir mis razonamientos fallidos.
FORMULAN PARTICION Y ADJUDICACION. ADJUNTAN INFORME DE DOMINIO. SE LIBRE OFICIO.
Señor Juez:
RUBEN NÉSTOR GÜERZONI con domicilio real en la calle XXX de esta ciudad, y DANIEL GÜERZONI con domicilio real en la calle XXX de esta ciudad, ambos por derecho propio, y con domicilio constituído en la calle Libertad 777, Piso 3º, Departamento “A”, conjuntamente con nuestro letrado patrocinante Dr, Eduardo Manuel besada (T°.., F°..), C.U.I.T. n°.........., en los autos caratulados “GUERNOZI, RAÚL NÉSTOR s/ Sucesión ab-intestato.” (Expediente número xxx) a V.S. decimos:
I. OBJETO:
Nos presentamos ante V.S. a efectos de manifestar la partición de bienes correspondientes al presente sucesorio de nuestro extinto padre, RAÚL NESTOR GÜERZONI.
II. ANTECEDENTES: La partida de defunción adjuntada al escrito inicial da cuenta que RAÚL NESTOR GÜERZONI falleció el 25 de mayo de xxx en esta capital. surge asimismo que el causante se casó en primeras nupcias con NÉLIDA STRELCHENIA, siendo hijos de dicho matrimonio RUBEN NÉSTOR GÜERZONI y DANIEL GÜERZONI.
III. Que como consecuencia de ello se dictó en estos autos declaratoria de herederos por la que se estableció que revisten el carácter de únicos y universales herederos de la causante sus hijos RUBEN NÉSTOR GÜERZONI y DANIEL GÜERZONI y a su esposa NÉLIDA STRELCHENIA.
IV. BIENES (ACERVO HEREDITARIO):
El único bien correspondiente al presente sucesorio consiste en:
2. El cincuenta por ciento (50%) indiviso de una camioneta Marca Ford, modelo EcoSport 1.6 L 4x2 XLS, dominio EWB 868.
Este bien es ganancial pues fue adquirido a título oneroso por Raúl Nestor Guerzoni, durante el transcurso de su matrimonio con Nélida Strelchenia.
V. PARTICION Y ADJUDICACION:
Solicitamos por medio de este escrito se efectúe la división y partición del bien indicado en el punto IV.
RUBEN NÉSTOR GÜERZONI: Se adjudica a su favor el 50% del dominio de la parte del causante de la camioneta Marca Ford, modelo EcoSport 1.6 L 4x2 XLS, dominio EWB 868.
Dicho bien es ganancial, como consta en el informe de dominio que se adjunta...
Valor del bien: $ XXXXX (a este efecto se adjunta constancia de valuación fiscal).
DANIEL GÜERZONI: Se adjudica a su favor el 50% del dominio de la parte del causante de la camioneta Marca Ford, modelo EcoSport 1.6 L 4x2 XLS, dominio EWB 868.
Dicho bien es ganancial, como consta en el informe de dominio que se adjunta...
Valor del bien: $ XXXXX
VI. ADJUNTAN INFORME DE DOMINIO:
Que a fin de que se disponga la inscripción de los bienes adjuntamos informes de dominio del bien cuya inscripción se solicita.
VIII. PAGO DE LA TASA JUDICIAL:
A fin de cumplir con el pago de la tasa de justicia (arts. , ley 23.898) se adjuntan constancias de la valuación fiscal del mueble.??
a) camioneta ford. dominioo xxxxx.
Puesto que sólo el 50% de la camioneta correspondía al causante por ser ganancial-, el cálculo de la tasa de justicia sobre este último bien debe realizarse sobre el 50% y no sobre el 100%.
IX. HONORARIOS:
El letrado patrocinante, respecto de los derechos que puedan corresponderle en razón de las normas arancelarias, manifiesta que no teniendo objeción que formular, presta su conformidad a lo solicitado en el presente.
X. PETITORIO:
En virtud de lo expuesto precedentemente, a V.S. solicitamos:
1º) Se apruebe la propuesta de partición formulada en este escrito.
2°) Se disponga la agregación de los informes de dominio acompañados.
3º) Tenga por abonada la tasa de justicia correspondiente a estas actuaciones.
4º) Ordene libramiento de oficio a los Registros de la Propiedad AUTOMOTOR de la Provincia de buenos Aires (ley 22.172) la inscripción de los bienes adjudicados respetando los términos de la propuesta de partición formulada, haciéndose constar que el Dr. Eduardo Manuel Besada y/o Nicolás Carnevalini (D.N.I. 34.199.892) se encuentran autorizados para diligenciar la inscripción de los oficios peticionados.
Tenerlo presente y proveer de conformidad,
SERA JUSTICIA.