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  • pago ius y bono? abogada en causa propia

  • Lugar de consulta entre los colegas sobre lo que estipulan las Leyes Arancelarias que rigen nuestra profesión.
Lugar de consulta entre los colegas sobre lo que estipulan las Leyes Arancelarias que rigen nuestra profesión.
 #136275  por sandranoemiibanez
 
Estimados
Voy a iniciar la sucesion de mi padre, por ande actuare en causa propia y en representacion de mi hna y mama.
Tengo la duda de si en este caso, como voy a renunciar a mis honorarios, tengo que pagar Ius? Y el bono?
Espero sus comentarios.
Yo los queria acompañar directamente con el escrito de inicia suc pero desp pense... porque el ius si no voy a devengar honorarios? el bono, bueno todos sabemos que es derecho fijo por iniciar inst jud.... que se yo
me orientan un poco?
Gracias
 #136692  por ley
 
hola, mira la verdad que mucha idea no tengo ni me ha tocado un caso similar, pero si es provincia lee el art. 21 inc. 2 de la Ley 6716. suerte... si encuentro algo mas te aviso.

quote="sandranoemiibanez"]Estimados
Voy a iniciar la sucesion de mi padre, por ande actuare en causa propia y en representacion de mi hna y mama.
Tengo la duda de si en este caso, como voy a renunciar a mis honorarios, tengo que pagar Ius? Y el bono?
Espero sus comentarios.
Yo los queria acompañar directamente con el escrito de inicia suc pero desp pense... porque el ius si no voy a devengar honorarios? el bono, bueno todos sabemos que es derecho fijo por iniciar inst jud.... que se yo
me orientan un poco?
Gracias[/quote]
 #136707  por 123justicia
 
sandranoemiibanez escribió:Estimados
Voy a iniciar la sucesion de mi padre, por ande actuare en causa propia y en representacion de mi hna y mama.
Tengo la duda de si en este caso, como voy a renunciar a mis honorarios, tengo que pagar Ius? Y el bono?
Espero sus comentarios.
Yo los queria acompañar directamente con el escrito de inicia suc pero desp pense... porque el ius si no voy a devengar honorarios? el bono, bueno todos sabemos que es derecho fijo por iniciar inst jud.... que se yo
me orientan un poco?
Gracias
yo cuando hice la susecion de mis padres -en pcia- presente el bono, el yus no recuerdo... me tendre q fijar en el xpediente.. :roll:

 #136819  por Charlie
 
Te transcribo la parte pertinente del art. 21 de la ley 6716, que exime a los letrados de abonar los aportes a la Caja de Previsiòn Social para Abogados de la Pcia. de Buenos Aires.

"Quedarán excluidos de esta exigencia, si a ello optara el profesional las actuaciones judiciales realizadas en representación o patrocinio de ascendientes, descendientes consanguíneos o afines, cónyuge y hermanos, cuyos honorarios fueren exclusivamente a cargo de los mismos. La opción en el caso tendrá los efectos de una renuncia expresa definitiva a la regulación y cobro de los honorarios correspondientes. "

En este hilo podrás ver, además, jurisprudencia sobre el tema.

viewtopic.php?t=13709&start=0&postdays= ... highlight=

Saludos.
 #941402  por Charlie
 
yaninap escribió:incluye tío y primos????
No, no los incluye. En la rama colateral solo están incluidos los hermanos.

Saludos
 #1169099  por samm22
 
como lo hicistee tengo que hacer la de mi mama y no se como redactarlaa,,,, me dijeron que estaba excluida de todo menos de la taza es asi?¿