Buenos dias, mi consulta es la siguiente , mi marido trabaja hace 6 años en una empresa, el 1 de marzo del corriente año le dieron personalmente una notificacion que el 14 de agosto de este año por un proceso de reestructuracion hiban a prescindir de sus servicios otorgandole las indemnizaciones correspondientes, en la misma notificacion le ofrecian un “bono de permanencia”, en el que ellos le abonarian un 20% mas de lo correspondiente por seguir trabajando para la empresa hasta la fecha de despido.En la misma detalla que si el decidiese irse antes, dejaria de percibir ese bono, pero para nada habla de la indemnizacion, el firmo esa notificacion. Mi marido acaba de conseguir otro trabajo, ahora el tema es que le estan diciendo que si se va seria renuncia, por irse antes de la fecha estipulada. No es un despido con preaviso? y por ley el posee la facultad de dejar de prestar servicios en ese lapso recibiendo las indemnizaciones correspondientes? o para considerese una carta de despido debe ser si o si enviada por correo!