[quote="SIL_27"]NO TENGO IDEA ESE ES EL PROBLEMA, YO HARIA UNA DEMANDA PIDIENDO LA AUTORIZACION AL JUEZ PARA LA TRANSFERENCIA, PERO ESTOY TRABADA TE AGRADECERIA SI ME PODES AYUDAR, SINO SI QUERES TE LO PASO A VOS, GRACIAS POR TU VOLUNTAD[/quote]
Te comento que yo tengo un caso parecido, en principio estoy en provincia de Bs. As. y mi cliente no tenia nada, solo la posesión del vehículo y la cédula, mandé CD al domicilio del titular registral y me contestó diciéndome que había realizado la denuncia de venta y que ya había firmado un 08, y no volvería a realizarlo, pensé que el registro de la propiedad del autom. podría rehabilitarme el 08 extraviado, me dijeron que no.
Sin opcion alguna inicié un beneficio de litigar sin gastos y una demanda con código 274 ( en provincia utilizamos códigos de materia)o sea Materia a categorizar, expliqué los hechos, presenté la documental que tenía e interpuse contra el titular registral y el registro de la Prop. automotor donde se encuentra radicado el vehículo , expliqué la necesidad de la transferencia registral, utilicé el decreto ley 6582/58 ratificado por ley 14467 y modificado por decreto 5120/63, doctrina y jurisprudencias aplicables al caso.
En el petitorio solicité que se ordene al titular registral a transmitir la propiedad del automotor, firmando la documentacion pertinente, y/o se ordene al reg. de la propirdad autom. a rehabilitar el formulario 08 extraviado y/o se ordene reempadronarlo y/ cancelarse el titular del dominio anterior (siempre será con Oficios de por medio).
El Juzgado me lo categorizó como Sumario, todavia estamos actuando... no sé cuando va a finalizar.
Espero que te sirva.
Saludos Corina.