Hola colegas, necesito una manito. tengo que calcular intereses por una sentencia dictada el 1 de abril de 2016, el capital de condena es en dolares, la sentencia estipula que para el calculo de intereses: "Al capital de condena y a partir de la fecha de la mora, se aplicará la tasa de interés establecida por el Banco de la Nación Argentina al tipo corriente en Dólares Estadounidenses en la fecha de pago (art. 52 inc. 2º del Decreto-Ley Nº 5.965/63 ratif. por Ley Nº 16.478)." Como puedo hacer el càlculo? existe alguna pàgina para realizarlo? estuve buscando en la pàgina del BANCO NACION y no encuentro nada para realizar el càclulo. Por favor ayuda. Se los agradezco, otra cosa. pienso pedir regulacion de honorarios, lo hago sobre el capital de condena establecido en la sentencia o presento la liquidcion y que regulen sobre èsta? tengo un bloqueo mental, ayudaaaa. gracias.
Si no te han depositado nada, yo no haría la liquidación y la reservaría para ese entonces, ya que, el Juez, te cita el
Art. 52. – El portador puede exigir a aquel contra el cual ejercita su acción de regreso:
1° – El monto de la letra de cambio no aceptada o no pagada con los intereses, si se hubiesen estipulado;
2° – Los intereses, a partir del vencimiento de la letra de cambio, al tipo fijado en el título; y si no hubiesen sido estipulados, al tipo corriente en el Banco de la Nación en la fecha del pago;
Por ahora, si no depositaron, pediría embargo por el capital con más la suma a presuuestar para responder a intereses, costos y costas y, cuando el mismo se produzca o depositen, recién haría la liquidación para, con posterioridad, pedir regulación de honorarios.