Estimados colegas, estoy tramitando una sucesión en Capital. El acervo esta compuesto por dos inmuebles y un automotor. Los herederos son la cónyuge y dos hijos. Un inmueble es bien propio del causante y el otro es un 70%, el único bien ganancial es el automotor.
Tenemos la declaratoria de herederos, determino los bienes hereditarios para abonar la tasa, un 1.5, cierto?, abonamos la tasa y luego...¿se puede solicitar la inscripción de la declaratoria pero solo en relación a los inmuebles y solicitar la inscripción por tracto abreviado del auto?. La idea es vender solo el automóvil, y los inmuebles pasarlos a nombre de los 3.
Agradezco cualquier ayuda!
un abrazo
Tenemos la declaratoria de herederos, determino los bienes hereditarios para abonar la tasa, un 1.5, cierto?, abonamos la tasa y luego...¿se puede solicitar la inscripción de la declaratoria pero solo en relación a los inmuebles y solicitar la inscripción por tracto abreviado del auto?. La idea es vender solo el automóvil, y los inmuebles pasarlos a nombre de los 3.
Agradezco cualquier ayuda!
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