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  • SUCESIÓN HASTA DD HH - LUEGO VENDEN LOS HEREDEROS

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 #1178718  por gero
 
Hola buenas tardes a los foristas: Tengo un tema de una persona que compro un inmueble a herederos que tenían ya dictada la DD HH, pero la operación se realizo directamente ante un escribano. Ahora viene y quiere saber si debe presentarse o no en el expediente?
Yo entiendo que habiéndose cumplido la sucesión hasta la dd hh, es decir la segunda etapa del juicio, faltaría terminar con el mismo cumpliendo la tercera etapa del juicio.- Pero tengo dudas al respecto, por cuanto si bien la dd hh no se inscribió ni se previo ir por tracto abreviado, lo cierto es que estos compradores ya tienen la escritura registrada a su nombre.-
Pregunta: Sera necesario presentarse y cerrar el sucesorio manifestando que han comprado tal inmueble, adjuntando escritura de dominio?
 #1178734  por legalescom
 
El escribano, pudo hacer el tracto abreviado, por cuanto ya estaba ordenada la inscripción de la declaratoria de herederos. Algunos letrados, denuncian ante el juzgado, que se va a hacer el tracto abreviado, por intermedio de tal o cual escribano pero, ello, no es necesario. Por lo tanto, está todo finiquitado
 #1178767  por gero
 
Buen día, gracias por las respuestas son de gran aporte. lo del tracto abreviado lo entiendo y es mas es sentido común, ahora bien solicite el desarchivo del Expte. y veo que las actuaciones terminan con la DD HH sin mas - preguntado en el juzgado, en mesa me dicen que hay que inscribir la misma a nombre de los dueños actuales, es decir presentar todo lo acorrido luego de la dd hh por afuera (cumplir la tercera etapa, desde allí la duda). ??
 #1178966  por gero
 
Buenas tardes a todos, gracias por contestar. Ahora que vi el titulo que tiene la compradora la misma se trata de una cesión "los herederos hacen una cesión de derecho hereditarios a favor de esta persona"
 #1179234  por sutriz
 
HOLA
Para poder hacer la cesión de derechos hereditarios, no tiene que haber habido orden de inscripción de DH. Entonces, partiendo de este supuesto, se deberá manifestar en el expediente que se hizo cesión de dh , acompañarla y al tiempo de agregar todos los informes, tasa, certificados, pedir la orden de inscripción . En este caso , ordenada la inscripción, se debe transcribir en el testimoniodel sucesorio, la cesión (ver modelo del RPI).
Saludos
 #1179676  por gero
 
Buenos días foristas, gracias "sutriz" si, tal cual . ya presente la documentación con anexos adjuntados por escribano - respecto del modelo del testimonio no logre obtenerlo, si tenes uno te agradezco. gracias