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  • TELEGRAMA LEY 23789: IPS

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Consultas sobre pensiones, jubilaciones, aportes y todo lo relacionado al Derecho Previsional
 #1178736  por diego1989
 
Hola colegas!! Me surgio una duda, algo tonta, pero necesito asegurarme: una persona que trabaja como enfermera en un Hospital de la Provincia de Bs As recibe una intmación por parte del IPS a pagar una deuda de más de 40 mil pesos por falta de ingresos de aportes. Yo entiendo que el obligado a retener e ingresar dichos aportes es el Ministerio de Salud de la provincia. Así surge del decreto ley provincial que regula las jubilaciones del IPS. La duda es:

¿Puedo usar el telegrama ley 23789 para responderle al ips? ¿ese telegrama puede ser utilizado gratuitamente por un empelado publico provincial, verdad?
 #1178747  por administrativista
 
diego1989 escribió: Jue, 29 Jun 2017, 20:10

¿Puedo usar el telegrama ley 23789 para responderle al ips? ¿ese telegrama puede ser utilizado gratuitamente por un empelado publico provincial, verdad?
Poder, podés, pero no te va a servir para nada. Puede ser la deuda por la diferencia de descuento del 14 al 16% por insalubridad.
Tenés que cerciorarte el motivo de la deuda y atacarlo administrativamente por los medios usuales (expediente- recurso) Ley 9650 y 7647.