Estimados Colegas, buenas tardes. Antes que nada, gracias por el tiempo dedicado a mi consulta:
La misma es en relación a una sucesión ab intestato, la cual tiene Declaratoria de Herederos a favor de los 2 hijos del causante y la cónyuge superstite, cuyo acervo se encuentra constituido por tres bienes gananciales.
Uno de ellos es un automóvil, siendo deseo de los clientes ceder a favor de la cónyuge el 50% del mismo que se encuentra dentro de la masa. (El 50% inscripto a su nombre por ser ganancial).
Consulta:
Dicha cesión debe hacerse por instrumento publico y luego, a la hora de pedir la partición, denunciar la cesión y pedir la inscripción a favor de la Cónyuge? o primero pedir la partición e inscripción a favor de los hijos y luego ceder?
Se genera la duda ya que, la cónyuge no hereda sobre los gananciales, por lo que entiendo no podría en la partición pedirse directamente la inscripción del bien a favor de ella.
Mis disculpas de antemano, no es mi área de practica.
Saludos.
La misma es en relación a una sucesión ab intestato, la cual tiene Declaratoria de Herederos a favor de los 2 hijos del causante y la cónyuge superstite, cuyo acervo se encuentra constituido por tres bienes gananciales.
Uno de ellos es un automóvil, siendo deseo de los clientes ceder a favor de la cónyuge el 50% del mismo que se encuentra dentro de la masa. (El 50% inscripto a su nombre por ser ganancial).
Consulta:
Dicha cesión debe hacerse por instrumento publico y luego, a la hora de pedir la partición, denunciar la cesión y pedir la inscripción a favor de la Cónyuge? o primero pedir la partición e inscripción a favor de los hijos y luego ceder?
Se genera la duda ya que, la cónyuge no hereda sobre los gananciales, por lo que entiendo no podría en la partición pedirse directamente la inscripción del bien a favor de ella.
Mis disculpas de antemano, no es mi área de practica.
Saludos.