hola... quisiera saber si alguien ha tenido un caso similar y cómo lo resolvió. Se trata de la abuela paterna a quien la progenitora le impide el contacto con su nieto. en este caso tenemos ausencia de pdre, ya que el mismo falleció. Si bien la ley 24270 es específica en cuanto al sujeto afectado (progenitor... padre o madre) voy a intentar que se haga una aplicación o interpretación extensiva, frente a la ausencia por fallecimiento, del progenitor. ya tengo iniciado en sede civil el Derecho de comunicación.
Gracias
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