Hola! mi consulta es la siguiente. Es un obrero de la construccion no registrado . Intima al registro y rechazan la relacion laboral, el intercambio ya esta cerrado. dos temas: aplico la solidaridad del art. 30 y ademas la liquidacion la hago por la ley 22250 o la LCT. Creo que se aplicaria la ley mas beneficiosa para el trabajador , siendo que el se encontraba en negro....