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 #1179808  por edu24786
 
Colegas, un cliente me vino a ver y no la tengo muy clara. Trabaja hace exactamente 2 meses y medio, en negro, cumple horario, pero no le dan recibo. Trabaja en una escribania, tiene cientos de sms donde se habla de trabajo, mails, hasta tiene las llaves del lugar. Creen que se puede hacer algo? Que recomiendan? Está desesperado porque lo vuelven loco...

Gracias!!
 #1180038  por DRA. MACA
 
edu24786 escribió: Mié, 12 Jul 2017, 18:52 Colegas, un cliente me vino a ver y no la tengo muy clara. Trabaja hace exactamente 2 meses y medio, en negro, cumple horario, pero no le dan recibo. Trabaja en una escribania, tiene cientos de sms donde se habla de trabajo, mails, hasta tiene las llaves del lugar. Creen que se puede hacer algo? Que recomiendan? Está desesperado porque lo vuelven loco...

Gracias!!
Si se quiere ir, que se vaya, no tiene antiguedad alguna para cobrar algo, y sinceramente ponerse a trabajar por algo asi, menos que menos.
 #1180054  por adessoma
 
Me sumo a lo que dice DRAMACA en el sentido de que hay que ver si es mucho labro por dos con cincuenta.
Te paso una liquidación en base al CCT de empleados de comercio (art. 2º del CCT aplica para empleados de estudios contables y jurídicos y escribanías):
El sueldo devengado (art. 5º ley 25877) según CCT es:
SUELDO BASICO 15.246,24
ASIGNACION COMPLEMENTARIA ART. 40 CCT 130/75 1.270,52
PRESENTISMO 1.524,62
TOTAL HABER MENSUAL 18.041,38

ANTIGUEDAD (ART 245) 18.041,38
PREAVISO (ART. 231.b) son 15 días 9.020,69
SAC S/ PREAVISO 751,72
DIAS TRABAJADOS: 9.020,69
INTEGRACIÓN MES DE DESPIDO (ART. 233 LCT) 9.020,69
SAC S/INTEGRACIÓN MES DE DESPIDO 751,72
SAC PROPORCIONAL 3.707,13
VACACIONES PROP. (ART. 153) 1 por cada 20 5.397,59
SAC S/VACACIONES PROPORCIONALES 449,80
TOTAL INDEMNIZACIÓN 56.161,43

MULTA LEY 25323, ART. 2° 18.041,38
MULTA ART. 45 LEY 25345 (ART. 80 LCT) 54.124,15
MULTA ART. 8° LEY 24013 54.124,15
MULTA ART. 15 LEY 24013 36.082,77
TOTAL MULTAS 162.372,46

TOTAL DE LA LIQUIDACIÓN FINAL 218.533,88

En Seclo podrías obtener un 30% de honorarios (10% a tu cliente y 20% a cargo del demandado, aunque hoy ese 20 es difícil de conseguir). Si acordás en Seclo vas a tener que olvidarte de las multas, por lo que solo cobrarás de honorario el 30% de $ 56.161,43, o sea, $ 16.848,43.
La cosa se pone interesante si vas a juicio porque podrías llevarte un 35% (20% de pacto de cuota litis + 15% que te regulen judicialmente); ese 35% son $ 76.486,86. Y digo que en juicio las cosas se ponen interesantes porque el art. 106 de la LO establece la inapelabilidad en razón del monto para sentencias cuyo valor sea inferior a 300 veces el bono ley 23187 (hoy el bono está en $ 100), por lo que tendrías sentencia definitiva en uno o dos años. Es un argumento que podría servirte para arreglarlo en Seclo por un monto mayor.
En tu lugar yo tomaría el caso.
Saludos.