Espero que alguien que tenga claro el tema pueda ayudarme.
Juicio laboral en CABA, pericia realizada en Pcia de Bs As medante exhorto. Ya se acompañó la pericia. El auto del expte de exhorto dice: traslado a las partes con copia de la pericia por 5 días.
pregunto: si las partes son de un juicio de CABA, debo dar traslado a esas partes igual a los domicilios constituídos en CABA?
otra cosa: si regulan honorarios, y mi clienta está sin empleo, y no puede pagarlos, por el beneficio de gratuidad no debería tener obstáculo en la remisión del expte al principal de CAPITAL no es cierto?...o no va a poder retirarlo?.
Hay puntos de pericia de la actora y del demandado, pero el oficio lo diligenció la parte actora (trabajador).
espero una ayuda en esto...
Juicio laboral en CABA, pericia realizada en Pcia de Bs As medante exhorto. Ya se acompañó la pericia. El auto del expte de exhorto dice: traslado a las partes con copia de la pericia por 5 días.
pregunto: si las partes son de un juicio de CABA, debo dar traslado a esas partes igual a los domicilios constituídos en CABA?
otra cosa: si regulan honorarios, y mi clienta está sin empleo, y no puede pagarlos, por el beneficio de gratuidad no debería tener obstáculo en la remisión del expte al principal de CAPITAL no es cierto?...o no va a poder retirarlo?.
Hay puntos de pericia de la actora y del demandado, pero el oficio lo diligenció la parte actora (trabajador).
espero una ayuda en esto...