Un acreedor del causante llego a un acuerdo con los herederos y estos le pagarían con un inmueble del acervo sucesorio y un porcentaje del resto indiviso. Me preguntan si para la dacción en pago por el inmueble es suficiente un escrito firmado por las partes con certificacion de firma ante escribano y luego pedir la homologación judicial o es necesaria una escritura publica, y lo mismo por la cesión de derechos en el resto que quedara indiviso¿ Muchas gracias