Tengo una duda, que despúes de leer distintas opiniones en el foro, no se me aclaró; es la siguiente: ¿Tengo que esperar los 30 días de la registración en el caso de que no contesten la intimación por la 24013?
Hay opiniones encontradas y confusas. Yo entiendo que los 30 días es sólamente un plazo para cuando te responden que te van a registrar. Ante la contestación negativa o falta de contestación, puedo considerarme injuriado. No me parece esperar 30 días si nada me contestaron. Pero es mi humilde parecer, y no tengo práctica al respecto. Necesito de su ayuda. Gracias.
Hay opiniones encontradas y confusas. Yo entiendo que los 30 días es sólamente un plazo para cuando te responden que te van a registrar. Ante la contestación negativa o falta de contestación, puedo considerarme injuriado. No me parece esperar 30 días si nada me contestaron. Pero es mi humilde parecer, y no tengo práctica al respecto. Necesito de su ayuda. Gracias.