Estimados, someto a consulta el siguiente caso: una trabajadora en planta permanente en la Administración Pública Nacional, regido por los Decretos 214-06 y 2098-08 quiere reducir su jornada laboral de 8 a 6 horas diarias por razón de cuidado de sus dos hijos menores de 6 años.
El artículo 47 del Decreto 214-06 dice: "El personal incluido en el presente Convenio Colectivo podrá solicitar acogerse a una jornada horaria reducida en CINCUENTA POR CIENTO (50%) de la que corresponde a su cargo o función. La resolución del pedido quedará a criterio exclusivo de la autoridad superior de la jurisdicción donde preste servicios. En caso de concesión del beneficio, el agente percibirá como contraprestación laboral, una suma equivalente al porcentaje trabajado que se calculará sobre las remuneraciones consideradas regulares y permanentes..."
Le aceptan el pedido pero si es del 50 % (reducir de 8 a 4 horas), estableciendo que la literalidad del artículo habilita exclusivamente este caso. Por una razón de ingresos necesita trabajar 6 horas diarias.
¿Cómo puede fundamentar su pedido para que la autoricen a reducir a 6 y no 4 horas diarias?
Gracias
El artículo 47 del Decreto 214-06 dice: "El personal incluido en el presente Convenio Colectivo podrá solicitar acogerse a una jornada horaria reducida en CINCUENTA POR CIENTO (50%) de la que corresponde a su cargo o función. La resolución del pedido quedará a criterio exclusivo de la autoridad superior de la jurisdicción donde preste servicios. En caso de concesión del beneficio, el agente percibirá como contraprestación laboral, una suma equivalente al porcentaje trabajado que se calculará sobre las remuneraciones consideradas regulares y permanentes..."
Le aceptan el pedido pero si es del 50 % (reducir de 8 a 4 horas), estableciendo que la literalidad del artículo habilita exclusivamente este caso. Por una razón de ingresos necesita trabajar 6 horas diarias.
¿Cómo puede fundamentar su pedido para que la autoricen a reducir a 6 y no 4 horas diarias?
Gracias