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  • RETRACTACIÓN DE LA RENUNCIA ANTES DE QUE OPERE LA MISMA

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 #1182159  por dramnj
 
Estimados, tengo una duda... para mi no se puede pero por las dudas consulto con Uds.. Puede llegar a proceder la retractación de una renuncia ante de que se cumpla el día en que efectivamente se renuncia? Por ejemplo, un trabajador envia un telegrama un día 15 manifestando que el 30 renuncia a su empleo y el empleador (que lo tenia en gris) se notifica (le piden que renuncie). Podrá ese trabajador, retractarse de dicha renuncia antes del 30 y reclamar lo que le corresponde? (indemnizaciones, multas etc) Agradeceré sus respuestas.

Saludos!
 #1182251  por adessoma
 
Salvo que se trate de la renuncia por mutuo acuerdo prevista en el art. 241, no veo porqué razón no podría retractarse la renuncia. Ello teniendo en cuenta dos cosas:
a) No se trata de un despido, para lo cual se necesita el acuerdo de ambas partes (art. 234 LCT).
b) La renuncia supone un acto rescisorio de la relación laboral, pero en todo caso siempre será un acto unilateral por lo cual bastaría con que tu cliente mande urgentemente otro TCL dejando sin efecto el anterior y reclamando ley 24013.
Saludos.
 #1182848  por hexametro
 
Me aparto de la opinión del colega, entiendo que no es posible. Aunque unilateral, la renuncia tiene efecto recepticio; por lo tanto una vez que entra en conocimiento de la contraparte, aunque sea una comunicación en diferido, no es posible la retractación unilateral. Si al renunciar otorgó un plazo de preaviso -porque así corresponde- es justamente para que la empresa actúe en consecuencia, y si se permitiera esa actitud histérica del trabajador a la empresa podría estársele generando un perjuicio.
 #1262767  por OttoDon9
 
Claro, es que el tema es complejo, al no ser un acuerdo entre ambas partes. Aunque sea una comunicación en diferido, no es posible la retractación unilateral.
Si necesita más información le recomiendo este artículo: https://despidos.pro/carta-renuncia/ ya que como dijo el compañero "Si al renunciar otorgó un plazo de preaviso -porque así corresponde- es justamente para que la empresa actúe en consecuencia"
Saludos.
 #1263240  por ZAMAKUKO
 
Para mi es procedente la retractación dentro de ese lapso, ya que la renuncia no esta configurada hasta vencido el mismo, por lo que se puede retractar y aunque se considerará en duda, recordemos que siempre se le deber dar prioridad a la continuación del contrato LCT art. 10, en todo caso si el empleador incurrió en algún gasto lo podrá reclamar, si es que lo puede probar (difícil) pero aunque así fuera, sigue siendo conveniente continuar la relación para un posterior reclamo.