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  • RESPONSABILIDAD SOLIDARIA DEL GCBA. (ART. 30 LCT).

  • Le ofrecemos este nuevo espacio exclusivo para temas relacionados con el Derecho Laboral
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 #1183122  por Nise
 
Gente, tengo este caso. Trabajador administrativo que trabaja como consultor de la línea 147, revistando para una empresa (S.A.) contratada por el GCBA.
Es responsable solidario?
vi fallos contradictorios. La mayoría sostiene que como el estado no es una "empresa" sino un ente estatal no se aplican las normas de la LCT.
Pd.: la empresa es media insolvente, solo tiene cuentas bancarias. El trabajador estuvo 8 meses en negro y luego fue registrado... *leo*
 #1197679  por fernando1983
 
Nise escribió: Mar, 29 Ago 2017, 22:25 Gente, tengo este caso. Trabajador administrativo que trabaja como consultor de la línea 147, revistando para una empresa (S.A.) contratada por el GCBA.
Es responsable solidario?
vi fallos contradictorios. La mayoría sostiene que como el estado no es una "empresa" sino un ente estatal no se aplican las normas de la LCT.
Pd.: la empresa es media insolvente, solo tiene cuentas bancarias. El trabajador estuvo 8 meses en negro y luego fue registrado... *leo*
Estimado, cómo estás? Te molesto para saber cómo resolviste esto ya que tengo un caso similar al tuyo, pero en Provincia de Bs. As. (un trabajador que es despedido de una S.A. contratada por una Sociedad del Estado), y quería saber dos cosas: a) si se aplica la solidaridad de la S.E., y b) Y en ese caso, si demando solidariamente a la S.A. y la S.E. si puede tramitar en los Tribunales del Trabajo o tiene que ir al contencioso.

Muchas gracias!