El tema es asi: Mi cliente es médico obstetra.Paga una factura de Movistar con Tarj créd. La empresa de telefonía mov NO le imputa el pago. Suspenden el servicio y luego lo interrumpen, en forma alternada, mediando reclamos, dimes y diretes...La cuestión es que el hecho de la interrupc y la susp a mi cliente le causó innumerables problemas con el ejercicio de su prof. Se plantea una mediación en CF, a la cual asiste un colega de Movis y en la 2da Aud no comparece. se cierra la mediac. EL reclamo de mi cliente documentado por su pago y las distintas CDocum q envio + la mediac esta proximo a prescribir, pero en verdad el DAÑO es cierto y demostrable. Pienso en iniciar una demanda por DAÑOS y PERJUICIOS, les parece correcto?....Alguien tuvo un caso parecido???Pueden enviarme un modelo??
MUCHAS :o GRACIAS¡¡¡¡
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