por favor colegas alguien me podria orientar , me parece que meti la pata, medida cautelar presentada y aceptada inaudita parte + demanda (provincia) , se ordena trabar inhibicion general de bienes, diligencio los oficios y los presento al juzgado, en que plazo debia haber notificado a la otra parte de la inhibicion general de la medida cautelar decretada , una vez que se ordenaron librar oficios o despues de diligenciados y adjuntados al expte , soy un animal help please, !!!!!!!!!!!! si estoy en el horno me voy a la quiebra un abrazo! espero sus comentarios
DARIL