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 #138817  por Iris
 
Hola a todos!
Ya se que la mayoría de los abogados son bastante reacios a decir cuanto cobran determinado trabajo pero, decidí preguntar igual porque sinceramente no tengo idea cuanto cobrar!!

Es un juicio de desalojo en la provincia de Buenos Aires.
La ley de arancel dice que la base es el alquiler mensual multiplicado 24 meses.

Siguiendo este criterio, y considerando que el alquiler era de $ 500, el mínimo legal del 8 % arroja la suma de $ 960, número que me parece irrisorio...porque si bien no tengo experiencia en desalojos, me han dicho que puede durar hasta tres años, si esto es así, es como si cobraríamos póngale $ 300 por año, lo cual no es un valor aceptable desde ningún punto de vista, considerando el trabajo que es tramitar un desalojo.

Ahora, leí algunos comentarios de gente que cobra $ 6000 cada desalojo y no sé...ese número me parece un poco excesivo...creo que el cliente va a huir cuando me oiga decir esa cifra jjajaa

Entonces ¿cuanto se está cobrando realmente? Yo pense en cobrar $ 3500 más gastos, por un desalojo sólo y por tres (otro cliente tiene tres para hacer) bajar a $ 2000 por cada uno ¿les parece una suma razonable???? La verdad no tengo ni la más remota idea de cuanto se esta cobrando!!

Bueno si alguien quiere aportar algo útil se lo agradecería.
Saludos
Iris

 #138894  por Sailaw
 
Los tres desalojos tienen identico alquiler?, porque en realidad depende un poco del alquiler que se puede cobrar en la actualidad, el minimo no baja de los $850/900, el apuro o necesidad del cliente, el valor de la propiedad, y lógico la solvencia del cliente.

Para darte una pauta, para un desalojo en Capital Federal, de un local, acabo de pedir $4.500.- y no me parece mucho. es mas o menos facil, y entra el 684bis, con lo que aproximadamente en un lapso de tres o cuatro meses lo tengo desalojado.

El tema de los honorarios, pasa también por la imagen que tienen del abogado los clientes, si saben que es rápido y expeditivo, no vacilan en poner unos pesos más, porque tienen confianza que va a ir rápido, cosa que no se puede decir de todos los abogados, muchos de los cuales tienden a dilatar las cosas.

Hace poco respondí una consulta de un abogado novel, que preguntaba como podía hacer que un proveido cuya notificación estaba a cargo de la demandada, se lo notificaran.

Si esperamos movimientos de la otra parte, vamos sonados desde el vamos, yo por la parte demandada jamàs notifico cosa alguna, el expediente debe estar revisado al dìa, cosa que no es dificil ahora por Internet, yendo por la Actora, ni bien sale el proveido, ya se confecciona la cedula y se diligencia, al dìa siguiente, o uno se presenta en el juzgado para retirar contestación y copias de documentación, no se debe dejar pasar un día, lo mismo con los traslados, al día siguiente ya debe estar el escrito en el Juzgado, y parece mentira, que aún en juzgados lentos, las cosas salen mas rápido.

 #138911  por Iris
 
Hola Sailaw, mirá la verdad recién mañana me reuno con el cliente y me va a explicar bien la situación y decir el monto de los alquileres que estaba cobrando. Yo hice las cuentas en base a $ 500 a fines estimativos nada más, para ir con una idea de cuanto le saldría ya que me lo va a consultar.

Lo que yo quería era tener una idea aproximada, más allá de que como decis vos, todo depende del valor del alquiler... Pero tener un mínimo es lo que me interesaba. Según lo que entendí se estaría cobrando entonces alrededor de $ 3000 cada desalojo ¿seria así?

En relación a lo que comentas sobre la celeridad del profesional, es muy cierto. Odio a la gente dejada! Es que sencillamente, si no te sirve el caso no lo tomes...es poco ético realmente trabajar negligentemente.

Yo tengo un caso en el juzgado civil 36 en uruguay, juzgado que es decididamente un desastre y sinceramente a veces pienso, pobre gente si les hubiera tocado algún abogado como los que estamos mencionando, porque con toda mi super diligencia va a paso de tortuga por la foma de trabajar del juzgado y las cosas que piden...imaginate.

Bueno, gracias por el dato
Saludos
Iris

 #138918  por Iris
 
Ah una cosa mas! (va dos)

En provincia tardan tan poco tambien los desalojos??? Digo en cuatro meses lo tenés listo??!! Si es asi estoy maravillada.

Otra cosa, la forma de pago como sería. Ponele que cobre $ 3000. Se cobra la mitad al inicio y el resto con la sentencia??

Saludos
Iris

 #138927  por Sailaw
 
Y si, una parte al principio y otra contra el mandamiento. en Pcia creo que tenes un articulo el 676bis, fijate, creo que es para intrusos, no se si es aplicable.

 #138929  por Sailaw
 
El tema de los juzgado pesados, es cierto, tanto así que en muchos juicios hago recusación sin causa de uno, porque si me llega a tocar es la muerte.

 #138951  por Iris
 
Si el 676 bis, al menos en uno de los casos me lo van a tener que dar, porque no hay contrato por escrito, o sea que son decididamente intrusos o tenedores precarios.


Gracias Sailaw
Saludos
Iris
 #1156239  por "doctoraZA"
 
Hola el 676 bis no te lo dan cuando son inquilinos con contrato vencido?