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  • SUCESION. VENTA POR TRACTO ABREVIADO.

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 #1185593  por sofia2009
 
Hola estoy tramitando una sucesión en Pcia de Bs As.
Cuando se dicte la DH mis clientes no la quieren inscribir porque van a vender el inmueble por el sistema de tracto abreviado.
Ahora bien, en este caso concreto, una vez dictada la DH, tengo que solicitar todos los informes como cuando se inscribe DH en el RPI? O sea, informes de dominio e inhibiciones, valuación fiscal y ddjj del ITGB? o por venderse por tracto abreviado tengo que gestionar menos informes?

Espero ayuda *abrazo* Gracias
 #1185603  por legalescom
 
Tendrás que pedir todo lo que decís, más, pedir regulación de honorarios, percibirlos y depositar los aportes de la Caja de abogados. En una palabra, el Juzgado debe ordenar la inscripción de la declaratoria pero, ésta, recién se inscribe, por tracto abreviado, conjuntamente con la venta del bien y lo hace el escribano.