Hola, tengo que hacer una ejecución de un pagare y los dos años se cumplen en diciembre. La voy a inciar la semana que viene. Es en cap. Cuanto se paga de tasa? creo que es el 3por ciento...... además necesito saber como asegurar el pago: el deudor tiene una imprenta y cuentas bancarias : Pido embargo en las cuentas?. oficio antes al bco para asegurarme que aun tenga las cuentas o embargo los elementos de la imprenta?.
Sobre lo último: "o embargo los elementos de la imprenta?".
Cód. Civil y Comercial:
ARTICULO 744.- Bienes excluidos de la garantía común. Quedan excluidos de la garantía prevista en el artículo 743:
b) los instrumentos necesarios para el ejercicio personal de la profesión, arte u oficio del deudor;