Buenos días colegas.
Les consulto por un caso de reajuste. Fue una jubi otorgada por ley 22955 y el abogado de la actora inicia como ley 18037. Anses contesta demanda interponiendo excepción de defecto legal. Sin embargo, eso pasa desapercibido y tramita todo el juicio hasta la sentencia (12 años transcurrieron) y la jueza, resuelve como medida de mejor proveer, que se aclare esta cuestión atento a lo que expresa la anses en torno a la ley aplicable y a que surge del rub que es otra la ley aplicable que la que menciona la demanda. Yo me presento y asumo la representación y me dan traslado para que aclare.
Obviamente a esta altura no puedo enderezar la demanda. Alguien sabe cómo puedo ayudar a esta mujer que hace 12 años que espera un juicio que está mal hecho de entrada?. Le doy vueltas al asunto pero no sé cómo ayudarla. Gracias!!
Les consulto por un caso de reajuste. Fue una jubi otorgada por ley 22955 y el abogado de la actora inicia como ley 18037. Anses contesta demanda interponiendo excepción de defecto legal. Sin embargo, eso pasa desapercibido y tramita todo el juicio hasta la sentencia (12 años transcurrieron) y la jueza, resuelve como medida de mejor proveer, que se aclare esta cuestión atento a lo que expresa la anses en torno a la ley aplicable y a que surge del rub que es otra la ley aplicable que la que menciona la demanda. Yo me presento y asumo la representación y me dan traslado para que aclare.
Obviamente a esta altura no puedo enderezar la demanda. Alguien sabe cómo puedo ayudar a esta mujer que hace 12 años que espera un juicio que está mal hecho de entrada?. Le doy vueltas al asunto pero no sé cómo ayudarla. Gracias!!