BUENOS DÍAS. EL TEMA ES EL SIGUIENTE: MI CLIENTE HACE MÀS DE UN AÑO COMPRÓ UN LAVARROPAS EN GARVARINO Y AL POCO TIEMPO COMENZÒ CON FALLAS EN EL FUNCIONAMIENTO.
LLAMÓ VARIAS VECES AL SERVICE DE LA GARANTÌA, LA QUE NUNCA FUÈ A ARREGLAR Y FINALMENTE ARGUMENTABA QUE NO PODÌAN IR PORQUE EL DOMICILIO ERA UNA ZONA DE DIFÌCIL ACCESO EN CUANTO A LA SEGURIDAD. ASÌ LAS COSAS Y AÙN INSISTIENDO FUÈ PASANDO EL TIEMPO Y LA GARANTÌA SE VENCIÒ. A SU VEZ DEJÒ DE ABONAR LAS CUOTAS DE LA COMPRA RESPECTIVA DADO QUE NO FUNCIONABA EL ELECTRODOMÈSTICO . COSAS QUE PASAN.
EL TEMA ES QUE LO LLAMARON DE UN ESTUDIO JURÌDICO RECLAMÀNDOLE UNA BARBARIDAD DE DINERO EN RELACIÒN AL VALOR Y A LO REALMENTE ADEUDADO. POR EJEMPLO SIENDO UNA CUOTA MENSUAL DE 2000 Y ALGO DE PESOS Y YA ALGUNAS HABÌA PAGADO, LE DICEN QUE ADEUDA CON INTERESES ETC CERCANO A $70.000, POR SUPUESTO LO APRETARON HASTA AHORA TELEFÒNICAMENTE POR EL MOMENTO.
MI CLIENTE FUÈ A UNA DEPENDENCIA DE DEFENSA DEL CONSUMIDOR Y LE DIJERON QUE NO PODÌAN INTERVENIR PORQUE EL CASO YA ESTABA EN ABOGADOS ( ME PARECE QUE EN SÌ SE QUISIERON SACAR DE ENCIMA LA CUESTIÒN, PERO ESO ES HARINA DE OTRO COSTAL)
EL TEMA ES QUE REALMENTE MI CLIENTE QUIERE SÌ PAGAR LO QUE ADEUDE PERO QUE PREVIAMENTE LE ARREGLEN EL ELECTRODOM .
ACÀ LAS CUESTIONES: COMO DIJE, YA EL PLAZO DE GARANTÌA SE VENCIÓ POR DILACIONES DEL SERVICE Y LAMENTABLEMENTE MI CLIENTE NO TIENE PRUEBAS DE HABER LLAMADO AL MISMO.
YO PENSÈ ENVIAR A GARBARINO UNA CARTA DOCUMENTO INTIMANDO SE CUMPLA CON LA GARANTÌA Y OFRECIENDO ABONAR LO ADEUDADO UNA VEZ ARREGLADO EL ARTEFACTO PERO EN SU JUSTA MEDIDA, O SEA SIN ESOS ABUSIVOS INTERESES Y QUE MIENTRAS ÈLLO NO SE PRODUZCA DENUNCIAR QUE EJERCE LA EXCEPCIÒN DE INCUMPLIMIENTO CONTRACTUAL DEL ART 1031 DEL CÓD CIVIL Y COMERCIAL. EN DEFINITIVA NO QUIERO QUE SE LLEGUE A JUICIO SINO POSTERIORMENTE NEGOCIAR EL ARREGLO Y LA DEUDA EN CUOTAS ACCESIBLES. NO SE QUE HARÌAN USTEDES Y QUE INCONVENIENTES PUEDEN VER? GRACIAS
LLAMÓ VARIAS VECES AL SERVICE DE LA GARANTÌA, LA QUE NUNCA FUÈ A ARREGLAR Y FINALMENTE ARGUMENTABA QUE NO PODÌAN IR PORQUE EL DOMICILIO ERA UNA ZONA DE DIFÌCIL ACCESO EN CUANTO A LA SEGURIDAD. ASÌ LAS COSAS Y AÙN INSISTIENDO FUÈ PASANDO EL TIEMPO Y LA GARANTÌA SE VENCIÒ. A SU VEZ DEJÒ DE ABONAR LAS CUOTAS DE LA COMPRA RESPECTIVA DADO QUE NO FUNCIONABA EL ELECTRODOMÈSTICO . COSAS QUE PASAN.
EL TEMA ES QUE LO LLAMARON DE UN ESTUDIO JURÌDICO RECLAMÀNDOLE UNA BARBARIDAD DE DINERO EN RELACIÒN AL VALOR Y A LO REALMENTE ADEUDADO. POR EJEMPLO SIENDO UNA CUOTA MENSUAL DE 2000 Y ALGO DE PESOS Y YA ALGUNAS HABÌA PAGADO, LE DICEN QUE ADEUDA CON INTERESES ETC CERCANO A $70.000, POR SUPUESTO LO APRETARON HASTA AHORA TELEFÒNICAMENTE POR EL MOMENTO.
MI CLIENTE FUÈ A UNA DEPENDENCIA DE DEFENSA DEL CONSUMIDOR Y LE DIJERON QUE NO PODÌAN INTERVENIR PORQUE EL CASO YA ESTABA EN ABOGADOS ( ME PARECE QUE EN SÌ SE QUISIERON SACAR DE ENCIMA LA CUESTIÒN, PERO ESO ES HARINA DE OTRO COSTAL)
EL TEMA ES QUE REALMENTE MI CLIENTE QUIERE SÌ PAGAR LO QUE ADEUDE PERO QUE PREVIAMENTE LE ARREGLEN EL ELECTRODOM .
ACÀ LAS CUESTIONES: COMO DIJE, YA EL PLAZO DE GARANTÌA SE VENCIÓ POR DILACIONES DEL SERVICE Y LAMENTABLEMENTE MI CLIENTE NO TIENE PRUEBAS DE HABER LLAMADO AL MISMO.
YO PENSÈ ENVIAR A GARBARINO UNA CARTA DOCUMENTO INTIMANDO SE CUMPLA CON LA GARANTÌA Y OFRECIENDO ABONAR LO ADEUDADO UNA VEZ ARREGLADO EL ARTEFACTO PERO EN SU JUSTA MEDIDA, O SEA SIN ESOS ABUSIVOS INTERESES Y QUE MIENTRAS ÈLLO NO SE PRODUZCA DENUNCIAR QUE EJERCE LA EXCEPCIÒN DE INCUMPLIMIENTO CONTRACTUAL DEL ART 1031 DEL CÓD CIVIL Y COMERCIAL. EN DEFINITIVA NO QUIERO QUE SE LLEGUE A JUICIO SINO POSTERIORMENTE NEGOCIAR EL ARREGLO Y LA DEUDA EN CUOTAS ACCESIBLES. NO SE QUE HARÌAN USTEDES Y QUE INCONVENIENTES PUEDEN VER? GRACIAS