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A pedido de los usuarios, un nuevo Foro dedicado exclusivamente al Derecho de Familia
 #1187695  por pbottino
 
Buenas tardes colegas, tengo una duda con el siguiente proveído..."Agréguese y téngase presente el informe de dominio acompañado. Sin perjuicio de ello, hágase saber que deberá acompañar en autos el titulo original de la propiedad en cuestión como así también deberá dar cumplimiento con lo solicitado a fs. 12 vta. punto IV -acompañar partidas de nacimiento originales-.-
Fecho, sigan los autos con el traslado ordenado a fs. 12 vta. punto V.-
Sin perjuicio de lo supra dispuesto, póngase en conocimiento de la Sra. xxx el pedido de divorcio efectuado".-

Es decir, no sé si puedo dar traslado de la demanda de divorcio o previo debo acompañar estos originales que me piden, que resultan imposibles de conseguir ya que están en poder de la ex esposa...

Muchas gracias!
 #1187696  por advocatus66
 
"poner en conocimiento" no es lo mismo que dar traslado. Conseguí los originales (no veo problemas en ir al registro de las personas) y a todo evento pedí un segundo testimonio que te va a salir unos mangos.

Preguntá en el juzgado, para mí quieren que mandes cédula "poniendo en conocimiento". Contanos después que hiciste.
 #1187697  por pbottino
 
Hola, gracias por contestar! acompañé informe de dominio y pedí partidas en el registro, mi cliente no puede entrar a la ex casa a sacar los originales, por eso no interpreto bien si igual le doy traslado de la demanda de divorcio...