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  • Duda con tiempo de prescripción

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 #1188990  por DrBari108
 
Buen día, tengo un caso de un contrato de obra que debía realizar una cosa en un country en el lapso de 1 año .. pero se demoró 1 año y medio y luego abandonó la obra dejando la casa a mitad de hacer. Me viene a ver mi cliente (el dueño de la casa) casi 1 año después de que el constructor abandonó la obra para reclamar por daños y perjuicios por incumplimiento contractual.

La duda que se me genera es respecto al plazo de prescripción:

Debe tomarse la prescripción de 1 año que establece el art 2564 al referir "prescribe al año el reclamo contra el constructor por responsabilidad por ruina total o parcial, sea por vicio en la construcción, del suelo o de mala calidad de los materiales .. "

o, debe tomarse la prescripción de 3 años del 2561 CCC que refiere al reclamo de la indemnización derivados de la responsabilidad civil.

Entiendo que debería tomarse el de 3 años ya que creo que el caso es de un incumplimiento contractual más que un caso de ruina total o parcial por vicios o defectos.

Se agradece vuestros aportes.

Gracias