Buenas colegas. Una consulta: Estoy con un incidentes de alimentos. La cuestión es que me trabe y demore mucho tiempo porque no podía notificar la sentencia de los autos principales al demandado (el abogado anterior no lo hizo), intente hacerlo al domiicilio real. En el Juzgado me dijeron que lo mande al legal y tuvo efecto. Se notifico al domic del abogado. Ahora la cuestión es que despacharon lo siguiente ordenando una cautelar:
"Habiéndome informado el actuario en este acto que se encuentra vencido el término conferido a fs xxxx de los autos principales xxxxxxxxxx - conforme copias que se adjuntan al presente -, haciéndose efectivo el apercibimiento allí dispuesto trábese embargo sobre los haberes que percibe el accionado como dependiente del Ministerio de Seguridad en atención laborar en la Comisaría xxxxxxxxxxxxxxxxxx -de la cuota alimentaria acordada a fs. xxxxxxxxxxde los obrados sobre alimentos la cual se encuentra debidamente homologada a fs.xxxxxxxxxxx por la suma que represente el 25% de los haberes del mismo , suma que no podrá ser inferior a $xxxxxxxxxla cual se depositará del 1 al 10 de cada mes en el Banco de la Pcia. de Buenos Aires, Sucursal xxxxxxxxxxxxxxx en cuenta a nombre de autos y a disposición del Juzgado ,a cuyo fin líbrese oficio del caso. -
De la liquidación de fs.xxxxxxxxxxxx, traslado por cinco días al requerido.
Consultas
1) La cautelar se traba de manera inmediata, no? Esto se despacho a fines de Noviembre, entiendo que este mes, diciembre, ya comenzará la retención de los haberes. Es asi?
2) Consulte en el Juzgado y el oficio lo libran ellos mismos, es a fin de notificar al Ministerio de Seguridad?
3) Si bien acompañe copia de traslado al momento de iniciar el incidente, no dieron traslado de la demanda, solo me pidieron acompañar copia de la liquidación. Entiendo que es asi atento a que se lo notifico de la sentencia y el demandado pago al principio cuando medio acuerdo pero no lo hace desde un año y medio.
Agradeceria quien pueda disiparme las dudas, quizas sean un poco burdas pero es la primera vez que me topo con una situación como esta. Mil gracias. Saludos a todos!
"Habiéndome informado el actuario en este acto que se encuentra vencido el término conferido a fs xxxx de los autos principales xxxxxxxxxx - conforme copias que se adjuntan al presente -, haciéndose efectivo el apercibimiento allí dispuesto trábese embargo sobre los haberes que percibe el accionado como dependiente del Ministerio de Seguridad en atención laborar en la Comisaría xxxxxxxxxxxxxxxxxx -de la cuota alimentaria acordada a fs. xxxxxxxxxxde los obrados sobre alimentos la cual se encuentra debidamente homologada a fs.xxxxxxxxxxx por la suma que represente el 25% de los haberes del mismo , suma que no podrá ser inferior a $xxxxxxxxxla cual se depositará del 1 al 10 de cada mes en el Banco de la Pcia. de Buenos Aires, Sucursal xxxxxxxxxxxxxxx en cuenta a nombre de autos y a disposición del Juzgado ,a cuyo fin líbrese oficio del caso. -
De la liquidación de fs.xxxxxxxxxxxx, traslado por cinco días al requerido.
Consultas
1) La cautelar se traba de manera inmediata, no? Esto se despacho a fines de Noviembre, entiendo que este mes, diciembre, ya comenzará la retención de los haberes. Es asi?
2) Consulte en el Juzgado y el oficio lo libran ellos mismos, es a fin de notificar al Ministerio de Seguridad?
3) Si bien acompañe copia de traslado al momento de iniciar el incidente, no dieron traslado de la demanda, solo me pidieron acompañar copia de la liquidación. Entiendo que es asi atento a que se lo notifico de la sentencia y el demandado pago al principio cuando medio acuerdo pero no lo hace desde un año y medio.
Agradeceria quien pueda disiparme las dudas, quizas sean un poco burdas pero es la primera vez que me topo con una situación como esta. Mil gracias. Saludos a todos!