Hola, quería consultarlos acerca de si existe la posibilidad de pedir al juez la actualización de los honorarios regulados hace un año, pero que no puedo cobrar, ya que mi cliente mudo su domicilio real y no puedo notificarlo. Si bien tengo un embargo preventivo sobre sus haberes, el tema es que no puedo ejecutarlo hasta que no se notifique. Ya fracasaron varios intentos de notificarlo en la empresa donde trabaja, ya que labora todo el día en la calle, y la empresa solo responde que ese no es su domicilio y que no puede notificarlo en la persona como exige el juez. Alguien sabe si es procedente y si lo fuera, en que art del código o ley arancelaria lo debo fundar? Aclaro que estoy en provincia de Bs. As.
Graciassssss
Graciassssss
Hay un remedio para las culpas...RECONOCERLAS!!!