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  • Cédula Ley 22172. Provincia de Buenos Aires. Provincia de Santa Fe. Se da por notificado.

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A pedido de los usuarios, un nuevo Foro dedicado exclusivamente al Derecho de Familia
 #1190894  por usuario1025
 
Buenas: Alimentos por la parte actora en provincia de Bs As, demandado con domicilio en provincia de Santa Fe, solicité regulación. Se dictó lo siguiente:
"Previo a la regulación de honorarios solicitada, de la documentación adjunta en archivo electrónico, córrase traslado a la contraparte y a la Sra. Fulana por el término de cinco días. NOTIFIQUESE, a cuyos efectos, deberá dar cumplimiento con lo dispuesto por el art. 120 del C.P.C.C Y CONJUNTAMENTE CON LA SENTENCIA RECAIDA EN AUTOS."

Consulta: En vez de notificar por cédula y aprovechando que tengo contacto con el demandado, puedo hacerle firmar un escrito dandose por notificado del proveído y evitarme tener que contactar a un abogado matriculado de Santa Fe para realizar el traslado solicitado ut supra?

Saludos cordiales