Asi es. Recuerda que al momento del fallecimiento la sociedad conyugal se disuelve y el superstite se lleva el 50% de los gananciales. Sobre el otro 50% y los bienes adquiridos antes de la sociedad conyugal el superstite hereda como un hijo (obviamente siempre y cuando no haya habido un acuerdo pre nupcial)
AB. Auad