HOLA! ESTA ESTABLECIDO EN ALGUNA REGLAMENTACION QUE NO SE PUEDE SUSPENDER EN DIAS NO LABORALES? ALGUN FALLO? LA EMPRESA POR ERROR LO SUSPENDIÓ EN UN FERIADO Y TENGO QUE CONTESTAR DEMANDA. GRACIAS!!
Las sanciones corresponden al trabajador que se encontraba prestando tareas ese dia.
Puede que el trabajador haya trabajado en un dia no laborable (por ej. el jueves santo). La sancion es correcta.