Hola colegas, como estan? Tengo un cliente que desea vender el fondo de comercio. El titular del local es su madre pero la explotación del loca esta a su nombre (habilitación, etc). Ahora quiere vender el fondo de comercio a un conocido. Le hable de hacerlo como indica la ley 11.867 pero como son conocidos, un local chico sin empleados etc, no lo quieren hacer de ese modo...en fin, leí bastante en el foro que se instrumenta como un boleto de compraventa. Ahora bien, es en pesos y en cuotas a pagar a tres años. El pacto comisorio: no paga el comprador, se queda el vendedor con las sumas y dispone libremente del fondo y del inventario acompañado al boleto. No cumple el vendedor, devuelve las sumas con otra igual. Esto estaría ok? y la ultima duda que tengo (al ser pesos me confunde) que interés se suele fijar para deudas en cuotas y en pesos? y multa diaria??? Pense multa diaria si le exige el cumplimiento del contrato e interés si exige la resolución....es así??? Muchas gracias! y a disfrutar lo que queda de la feria! jaja saludos a todos!