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  • Consigacion de alquileres y sumas adeudadas

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 #1192638  por Lexiuris
 
Colegas inicie una demanda en capital por consignacion de alquileres, la misma se originó por gastos de pintura que la dueña no quiso reconocer a mi clienta (que es inquilina) y por eso en dicha demanda tambien reclama el reintegro de dicho dinero.

Ahora bien, en el juzgado me proveyeron que aclare el objeto de la pretension.

Intuyo que es por que el reintegro del dinero lo tendre que pedir en otra demanda, aparte de la consignacion de alquileres es asi? es decir o es una demanda por consignacion de alquileres o es otra por reintegro de sumas de dinero, verdad?

Por otro lado iniciamos la demanda por consignacion de alquileres y al mes siguiente la dueña le inicio a mi clienta un desalojo por falta de pago, denuncie en un escrito que mal puede iniciar un desalojo por falta de pagos habien iniciado antes la consignacion de alquileres, voy bien? Se lo deberían rechazar verdad? Aclaro que radican en el mismo juzgado y se declaro la conexidad.

Gracias de antemano!!
 #1192654  por legalescom
 
Indudablemente, deberás reclamar el reintegro en otro expediente. Ahora, pregunto, ¿autorizó, la locadora, a pintar el inmueble? y/o ¿estaba previsto en alguna cláusula del contrato?. Te sugeriría que pidas una audiencia, en cualquiera de ellos, para solucionar el tema. No se justifica litigar en vano.
 #1192910  por Lexiuris
 
legalescom escribió: Mié, 07 Feb 2018, 21:40 Indudablemente, deberás reclamar el reintegro en otro expediente. Ahora, pregunto, ¿autorizó, la locadora, a pintar el inmueble? y/o ¿estaba previsto en alguna cláusula del contrato?. Te sugeriría que pidas una audiencia, en cualquiera de ellos, para solucionar el tema. No se justifica litigar en vano.
Hola, mi clienta hace 3 años le venia solicitando pintar el departamento, ella contestaba que espere que ella iba a enviar a sus pintores, y asi durante tanto, si, en el contrato decia que debia dar aviso, pero el mismo vence en diciembre de este año y tambien estipula que debe entregar el departamento en las mismas condiciones que lo recibio, o sea, pintado y el codigo establece que es obligacion del locador de mantener el mismo en dichas condiciones.

No es pintar una reforma util sino necesaria, y ademas mi clienta posee fotos de como estaba la humedad en todo el comedor antes de pintar.

Por otro lado, mientras iniciamos la consignacion de alquileres previa mediacion, que la locadora no quiso retirar la carta documento, el juzgado proveyó que ha sido intimada correctamente y que no haya querido retirar la cd del correo es una presuncion en su contra, y por lo tanto esta notificada de ello.

Mientras tanto, un mes despues inicia un desalojo por falta de pago el cual mal esta porque un mes antes iniciamos nosotros.