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  • REBELDÍA de alguno de los CODEMANDADOS. ADHESION a la prueba de la rebelde de los codemandados.

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 #1193749  por fblegales
 
Estimados, tengo la siguiente situación: En un juicio en el que existen varios codemandados, una persona jurídica, y varias personas físicas, han declarado la rebeldía de la persona jurídica. Al momento de contestar demanda, las personas físicas se han adherido a la prueba ofrecida por la persona jurídica.
La cuestión es, en el caso que se declaró la rebeldía de la persona jurídica, que sucede con la adhesión a la prueba que hicieron las personas físicas? Pueden desglosar toda la contestación que realizó la persona jurídica en su momento?
Aclaro, que la actora se manifestó con respecto a la prueba ofrecida por la codemandada en la contestación del traslado efectuada. Han visto algún caso de jurisprudencia de este tipo?
Gracias por la cooperación!
 #1194631  por teresahasen
 
Hola!
Quisiera ayudarte pero la pregunta no me queda muy clara.
Si la Persona Jurídica contestó es porque se presentó y ofreció pruebas, si quedo en rebeldía será porque abandonó el juicio.
la regla general es que las defensas que oponen los codemandados benefician a todos, salvo algunas excepciones, como la prescripción, y defensas como falta de legitimación pasiva, etc.
En ppio. si se ahdirieron a las pruebas, (contestaron en tiempo y forma) éstas no caen por la rebeldía de la persona jurídica, ya que el objetivo es que quien tiene que juzgar, decidir, tenga todos los elementos que puedan darle certeza, más allá de quien haya ofrecido la prueba, se busca la verdad de los hechos.
dicho en otras palabras los demás codemandados si contestaron en tiempo y forma pueden aprovechar toda la prueba ofrecida por el otro codemandado aunque haya quedado rebelde.
Sin embargo, si pudieras aclarar mejor tu pregunta quizás pueda darte un mejor consejo.
 #1194636  por teresahasen
 
Entiendo que no podes pedir el desglose de la contestación del rebelde.
primero porque si contestó en tiempo y forma, estuvo a derecho en algún momento
segundo porque hay varios tipos de pruebas hay prueba documental que es de puro derecho por ejemplo una escritura pública, no hace falta producir esa prueba, las testimoniales y firmas sin certificar, o documentación que el actor desconoce sí hay que producirlas. Por lo tanto aún estando rebelde las pruebas documentales de puro derecho no caen, aún estando rebelde el codemandado.
El tema generalmente es que el rebelde que abandona el juicio no produce el resto de las pruebas, ésas son las pruebas que caen para el rebelde porque se le venció el plazo para producirlas, pero si los codemandados se adhieren a ellas y las producen, (siempre que lo hagan en tiempo y forma) valen y beneficia a todos los codemandados incluso al rebelde, salvo las excepciones personales de cada codemandado, por ejemplo demandas a 5 personas pero sólo 3 tienen legitimación pasiva. ( es común porque a veces no sabes a quien demandar y demandas a todos pero la Litis después queda trataba con 3 y no con los 5)
A mi entender el desglose es improcedente y afecta el derecho de defensa en juicio.
Además no me queda claro cuándo quedó rebelde si antes o despues de producir la prueba, porque si produjo la prueba aunque esté rebelde, lo que esta probado esta probado.
Pero bueno puede que no haya interpretado bien tu consulta o me este faltando información.
Exitos!