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  • DNU 157/2018 - COSTAS EN LOS REAJUSTES.

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Consultas sobre pensiones, jubilaciones, aportes y todo lo relacionado al Derecho Previsional
 #1194108  por Indubio
 
Hola.
Hoy se acaba de publicar el Decreto 157/2018 (de necesidad y urgencia) por medio del cual se deroga el artículo 36 de la nueva Ley de Honorarios que se aprobó el año pasado (Ley Rizzo - Ley 27.423).
Ese artículo decía:

ARTÍCULO 36.- En las causas de seguridad social los honorarios se regularán sobre el monto de las prestaciones debidas. Las costas se impondrán de acuerdo a lo normado por el Código Procesal Civil y Comercial de la Nación, en la parte general, libro I, título II, capítulo V, con excepción de aquellos casos en que los jubilados, pensionados, afiliados o sus causahabientes resultaren vencidos, en cuyo caso se impondrán las costas en el orden causado.

Es decir, se modificaba implícitamente el artículo de la Ley de Solidaridad Previsional - Ley 24.463- que establecía que en estos jucios las costas van siempre por su orden.

Me parece un papelón que no hayan previsto eso al promulgar la ley, y inaudito que usen un DNU para modificar ahora la ley.
 #1200569  por Nise
 
Y en accidentes de trabajo, vos antes si por ejemplo patrocinabas a un trabajador en el trámite ante la Comisión médica sea en CABA o PBA podías pedir se te regulen honorarios conforme a la ley arancelaria nacional, la antigua o la nueva sancionada en octubre , pero ahora con esto no una ni otra...hay un vacío legal, lo unico que queda es plantear la inconstitucionalidad