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  • ¿DESALOJO? ¿REIVINDICACIÓN?¿QUE HAGO?

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 #1194755  por ElExplorador
 
Debo iniciar un desalojo en Provincia de Buenos Aires contra un intruso que edificó una pieza en un lote baldío hace más de 1 año.

Con la demanda de desalojo solicitaré medida preliminar para que los intrusos le manifiesten al oficial en calidad de que ocupan, y que exhiban el título.

El problema que tengo es que mi cliente tiene un boleto de compraventa, libreta de pago, con entrega de la posesión a través de un acta de posesion y comprobantes de pago de impuestos municipales y provincial. Por motivos económicos no hizo la escritura y la debió haber realizado en los años 80, los dueños del lote era una empresa que ya no existe, pero ese derecho es imprescriptible porque tiene posesion.

Si en la constatación los intrusos manifestaran que son dueños, no deberé seguir con el proceso de desalojo. ¿Puedo iniciar la reivindicación y aportar el boleto, la libreta, el acta de posesión y comprobantes de pago de impuestos y servicios?
 #1194788  por ElExplorador
 
Sucede que el hecho ocurrió en Provincia de Buenos Aires en diciembre del año 2014, y como ese intruso posee un colectivo que llevaba a militantes del gobierno anterior, como pago a esos favores el intendente de ese entonces quien perdió en estas elecciones, lo pusieran como responsable del pago de la tasa-mi cliente la había dejado de pagar-. El intruso viene pagando la tasa desde el año 2014 y a mi cliente le dejó de llegar a su domicilio desde ese entonces.

Como mi cliente posee boleto, libreta de pago, comprobante de posesión, comprobantes de pago de ABL e inmobliario, y no hizo escritura, desconozco si puede iniciar la acción reivindicatoria, tengo que leer jurisprudencia.
Tengo dudas de iniciar el desalojo contra intrusos.

Este hecho sucedió antes de entrada en vigencia del nuevo Código Civil y comercial. Y estoy analizando conforme al segundo parrafo del articulo 7 del nuevo Codigo que a este caso se le aplica el Codigo de Velez, y si inicio la accion de despojo la misma no caducó, ello conforme a la tesis dualista, que diferencia las acciones posesorias -que caducan al año- de las policiales que no caducan, salvo que ahora esta tesis haya sido arruinada por el nuevo código cristinista?

Les pregunto ¿Inicio acción policial de despojo? ¿ustedes coinciden conmigo que no caduca dicha accion policial por aplicarse el codigo civil de Velez y la doctrina dualista? ¿o esa tesis ya fue arruinada por el código de cristina?
¿Qué puedo hacer en este caso? mi cliente no tiene escritura y el que le vendió era una empresa que ya no existe. ¿Qué hago?
 #1248389  por ElExplorador
 
Puedo iniciar la acción reivindicatoria no por derecho propio sino por subrogación. No pude iniciar nada porque no se como encarar el caso, ya que el boleto firmado es provisorio y no fue firmado por el vendedor, fue firmado por el dueño de la inmobiliaria. Se me fueron presentando situaciones que desconozco como poder encararlas.
XimenaDelgado escribió: Lun, 30 Sep 2019, 08:06 Hola elexplorador! Cómo te fue con el caso. Tengo uno muy parecido
 #1248390  por ElExplorador
 
Soy un pésimo abogado, a veces me da vergüenza decir que soy abogado. Un abogado de verdad sabe como encarar y resolver estas situaciones. A mi siempre se me presentan situaciones que en la demanda no las había previsto, cada año que pasa siento un poco más de pánico, que haga que a la larga me olvide totalmente de esta profesión. Saludos
 #1248442  por ElExplorador
 
DRalonso escribió:¡CALMATE! ASI SE APRENDE

"fue firmado por el dueño de la inmobiliaria" ¿EXISTE AUN?
Muchas gracias. La inmobiliaria existe, Vinelli que está ubicada en Capital Federal, pero Wilson Vinelli quien firmó el boleto provisorio falleció, era el dueño originario. Desconozco si tenia poder para vender. La compradora hace poco recibió un correo ofreciendolo poner en venta el lote siempre que tuviera la escritura. El boleto provisorio y la libreta de pagos dice que el boleto se firmará por separado. Se vendió en cuotas, la ley impone que se inscriba el boleto, pero esa inmobiliaria no lo inscribió, eso lo averigüé solicitando informes en el registro de la propiedad inmueble, no existe documento inscripto.
 #1248444  por DRalonso
 
NO HAY DE QUE!

1- ¿FUISTE A ESA INMOBILIRIA A INFORMARTE? CHACABUCO E HIPOLITO YRIGOYEN, SI NO ME EQUIVOCO

2- ¿CUAL ES EL INCONVENIENTE PARA JUICIO DE ESCRITURACION?

¿LOCALIDAD EXACTA?