Buenas colegas, un gusto saludarlos,
les quiero consultar lo siguiente, tengo una cliente que suscribio un contrato de prestamo con el FONFIPRO (Fondo Fiduciario de la Provincia de Formosa),este contrato contiene vencimientos de pago en el año 2.013 a lo cual recien en el mes de Diciembre del año 2.017, el acreedor inicia un juicio de Prepara via Ejecutiva, en el cual se cita a mi cliente para reconocer firma y contenido del documento, donde de hecho se reconoció la firma y el contenido.
mi pregunta es la siguiente, interrumpe y renueva los plazos de prescripcion el haber reconocido la firma y el contenido del contrato ? o puedo interponer excepcion de prescripcion teniendo en cuenta que el vencimiento de la deuda fue en el contrato fue en el año 2.013,
les quiero consultar lo siguiente, tengo una cliente que suscribio un contrato de prestamo con el FONFIPRO (Fondo Fiduciario de la Provincia de Formosa),este contrato contiene vencimientos de pago en el año 2.013 a lo cual recien en el mes de Diciembre del año 2.017, el acreedor inicia un juicio de Prepara via Ejecutiva, en el cual se cita a mi cliente para reconocer firma y contenido del documento, donde de hecho se reconoció la firma y el contenido.
mi pregunta es la siguiente, interrumpe y renueva los plazos de prescripcion el haber reconocido la firma y el contenido del contrato ? o puedo interponer excepcion de prescripcion teniendo en cuenta que el vencimiento de la deuda fue en el contrato fue en el año 2.013,