Hola!
Debo inicar un juicio sucesorio de un familiar que me lo pidió en provincia de Buenos Aires. Como mi matrícula es de CABA tengo que matricularme en Lanús, y no se si me dan los tiempos.
Tengo entendido que, aunque no hay plazo para iniciar la sucesión, tras un año quien la inicia debe pagar una multa o algo así. Estoy en lo correcto? O puedo iniciar la sucesión cuando quiera?
Leyendo el código civil y comercial nuevo no encontré nada. No sé exactamente donde buscarlo.
Gracias
Debo inicar un juicio sucesorio de un familiar que me lo pidió en provincia de Buenos Aires. Como mi matrícula es de CABA tengo que matricularme en Lanús, y no se si me dan los tiempos.
Tengo entendido que, aunque no hay plazo para iniciar la sucesión, tras un año quien la inicia debe pagar una multa o algo así. Estoy en lo correcto? O puedo iniciar la sucesión cuando quiera?
Leyendo el código civil y comercial nuevo no encontré nada. No sé exactamente donde buscarlo.
Gracias