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 #1195472  por jbaroff
 
buenos dias colegas

mi consulta es la siguiente
es necesaria la notificacion de sublocacion cuando el cobtrato de locacion nada dice al respecto?

el caso trata de una locacipn de un complejobde diez cabañas, y el locador le ofrece subalquilar cinco a mi cliente. por la naturaleza de la actividad y el objeto del contrato principal entiendo que subalquilar es precisamente el objeto del principal, sin embargo esa sublocacion esta entendida para un usuario final y no para un nuevo subalquiler.

no se si posteriormente ante la falta de notificacion al propietario del complejo puede oponerse.

desde ya muchas gracias.
 #1195473  por legalescom
 
Rige, al respecto, el Cód. Civ. y Com., en su

Art. 1214.- Sublocación. El locatario puede dar en sublocación parte de la cosa locada, si no hay pacto en contrario. Para ello debe comunicar al locador, por medio fehaciente, su intención de sublocar e indicarle el nombre y domicilio de la persona con quien se propone contratar, y el destino que el sublocatario asignará a la cosa.
El locador sólo puede oponerse por medio fehaciente, dentro del plazo de diez días de notificado. El silencio del locador importa su conformidad con la sublocación propuesta.
La sublocación contratada pese la oposición del locador, o con apartamiento de los términos que se le comunicaron, viola la prohibición de variar el destino de la cosa locada.

Ver, también, el art. 1636 del mismo Código.