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A pedido de los usuarios, un nuevo Foro dedicado exclusivamente al Derecho de Familia
 #141539  por Alejandra Radua
 
Es mi primer caso de familia. Me consulta un señor, el cual se encuentra separado de hechos desde hace casi un año.
El problema es que él puede visitar a sus hijas (3) en cualquier momento, pero si se las lleva a comer o sale a pasear, tiene que volver dentro de las 2 ó 3 horas (porque se le ocurre a la mujer).
Desde que se separaron que la madre de él y la hermana no pueden ver a las nietas/sobrinas, porque la mujer no se las deja llevar. Es más, le dice que si la quieren ver que vayan a la casa de ella.
El señor, ya no aguanta más esta situación porque dice, por ej. que sus sobrinas cumplieron 15 años y no pudo ir con sus hijas; el cumpleaños de su madre y tampoco.............. Es decir, las nenas no tienen contacto con la familia parterna.
El me consultó por el régimen de visitas, para que las pueda tener todo el día ó el fin de semana, ya que sólo puede estar todo el día con las niñas si se queda en la casa de su ex, o hasta dos horas si las saca a pasear.
Qué le conviene hacer? Puede sólo iniciar por régimen de visitas? ó le conviene hacer divorcio, régimen de visitas, alimentos, etc.
Espero sus comentarios.
El último domicilio conyugal es en Quilmes. Ahora vive en Capital y sus hijas siguen en Quilmes.

Daniela

 #141552  por borshis
 
Tranquilamente puede iniciar un régimen de visitas, sin divorcio; además para iniciar divorcio deberían estar de acuerdo los dos, ya que se debería iniciar por un 215 del C.C (no te da el tiempo para iniciar un 214 inc. 2, ya que hace solo un año que éstán separados de hecho) o sino tiene que ser contradictorio; pero que causal alegaría ??? Injurias graves=? adulterio? o cualquier otra de las que narra ese artículo?? mmmhhh, serpia dificil.
Yo inicaría Régimen de Visitas a favor del padre. y de última si quiere también puede proponer Alimentos, así ya queda definido en un acta la cuota que debe pasar.
Sino es totalmente válido iniciar sólo un Régimen.
Con respecto al domicilio, vas a tener que iniciarlo en provincia, ya que la demandada vive en Quilmes. (Dpto Jud. Quilmes) Espero te ayude lo que te comento
Saludos y suerte
 #141560  por Alejandra Radua
 
borshis escribió:Tranquilamente puede iniciar un régimen de visitas, sin divorcio; además para iniciar divorcio deberían estar de acuerdo los dos, ya que se debería iniciar por un 215 del C.C (no te da el tiempo para iniciar un 214 inc. 2, ya que hace solo un año que éstán separados de hecho) o sino tiene que ser contradictorio; pero que causal alegaría ??? Injurias graves=? adulterio? o cualquier otra de las que narra ese artículo?? mmmhhh, serpia dificil.
Yo inicaría Régimen de Visitas a favor del padre. y de última si quiere también puede proponer Alimentos, así ya queda definido en un acta la cuota que debe pasar.
Sino es totalmente válido iniciar sólo un Régimen.
Con respecto al domicilio, vas a tener que iniciarlo en provincia, ya que la demandada vive en Quilmes. (Dpto Jud. Quilmes) Espero te ayude lo que te comento
Saludos y suerte

Gracias Borshis. En el régimen de visitas, debo mencionar el problema que existe con los abuelos, o sólo solicitando un regimen de visitas amplio, fuera del hogar es suficiente?
En Quilmes, se inicia en la receptoría de expedientes?
Qué honorarios aproximadamente se cobran?
Voy a preguntarle si quiere porponer alimentos.
Si tenés algún modelo, me lo podés enviar a mi mail.
Gracias

Daniela

 #141666  por borshis
 
Mirá entiendo que el régimen de visitas que intenta el padre es para él; en todo caso los abuelos deberán iniciar ellos uno; pero.... nada quita que cuando están con el padre puedan estar con los abuelos...
Mirá nunca lirigué en Quilmes, pero debe ser en todos los dptos judiciales igual; inicias en la Receptoría y va a etapa previa, con lo cual no es ecesario interponer escrito de demanda de entrada; de todas maneras eso averigualo bien en Quilmes, por lo menos en S Martín, S Isidro y Lomas es sin escrito.
Yo te diría que si no tenés en claro cuánto cobrarle, vayas a regulación, si es con alimentos va a ser más honorarios.
Cualquier duda, a tus órdenes.
No olvides que debe acreditar el vínculo con las partidas correspondientes !!

 #141667  por diegogvillamayor
 
Hola como estas, en el regimen de visitas no hagas mension a ningun problema total el que pide el regimen es el padre y a el se lo daran lo que tenes que hacer es proponer 1, propone lo normal finde por medio retirando viernes y retornando domingo y ademas 1 o 2 dias por semana que cenen con el padre. Despues el padre puede llevarlos a la casa de los abuelos.
Tambien reconrda que los abuelos tienen derecho a regimen de visitas, asi que en un supuesto caso puden iniciar ellos tambien.
Ademas plantea el tema fistas 1 con cada uno, el tema cumpleaños de los padres y los menores. Hacelo completo no pidas un regimen amplio, cuanto mas este detallado mejor poque por lo que decis la madre uno amplio no te lo va a cumplir.
Si es en quilmes sorteas a la vuelta de los civiles no me acuerdo la calle, igual vas a ir a etapa previa, trata de arreglar ahi en las audiencias es lo mejor. Sino demoraras en el juicio 1 años con el tema prueba y todo eso.
Te aclero algo, Quilmes el recontra lento. Si te toca el 2 tardan 1 mes por cada escrito a despacho, son de terror. Y mucha opcion no hay que solo hay 2 tribu de flia.
Yo solo propondria alimentos despues en un supuesto arreglo para poder arreglar, sino no propongas nada de este tema. Total no los debe hasta que no se los reclamen. O si queres propone, mucho el regimen por esto no va a cambiar.
Para sortear con la planilla y el dni del actor te alcanza, si queres presenta la demanda pero lo mas probable es que con el 1 despacho te den la fecha de audiencia y te digan que la retires.
En cuanto a honorarios, es algo muy particular depende de la situacion economica de tu cliente, yo menos de 1500/2000 no cobraria.

Saludos
 #141674  por Alejandra Radua
 
diegogvillamayor escribió:Hola como estas, en el regimen de visitas no hagas mension a ningun problema total el que pide el regimen es el padre y a el se lo daran lo que tenes que hacer es proponer 1, propone lo normal finde por medio retirando viernes y retornando domingo y ademas 1 o 2 dias por semana que cenen con el padre. Despues el padre puede llevarlos a la casa de los abuelos.
Tambien reconrda que los abuelos tienen derecho a regimen de visitas, asi que en un supuesto caso puden iniciar ellos tambien.
Ademas plantea el tema fistas 1 con cada uno, el tema cumpleaños de los padres y los menores. Hacelo completo no pidas un regimen amplio, cuanto mas este detallado mejor poque por lo que decis la madre uno amplio no te lo va a cumplir.
Si es en quilmes sorteas a la vuelta de los civiles no me acuerdo la calle, igual vas a ir a etapa previa, trata de arreglar ahi en las audiencias es lo mejor. Sino demoraras en el juicio 1 años con el tema prueba y todo eso.
Te aclero algo, Quilmes el recontra lento. Si te toca el 2 tardan 1 mes por cada escrito a despacho, son de terror. Y mucha opcion no hay que solo hay 2 tribu de flia.
Yo solo propondria alimentos despues en un supuesto arreglo para poder arreglar, sino no propongas nada de este tema. Total no los debe hasta que no se los reclamen. O si queres propone, mucho el regimen por esto no va a cambiar.
Para sortear con la planilla y el dni del actor te alcanza, si queres presenta la demanda pero lo mas probable es que con el 1 despacho te den la fecha de audiencia y te digan que la retires.
En cuanto a honorarios, es algo muy particular depende de la situacion economica de tu cliente, yo menos de 1500/2000 no cobraria.

Saludos
Muchas gracias Diego. Al igual que Borshis has sido muy claro.

Daniela
 #141682  por Alejandra Radua
 
Directamente voy con la planilla de inicio y fotocopia del DNI del padre? Cuando se presenta la partida de matrimonio y las de nacimiento?
Es la primera vez en provincia.

Daniela
 #141687  por borshis
 
Alejandra Radua escribió:Directamente voy con la planilla de inicio y fotocopia del DNI del padre? Cuando se presenta la partida de matrimonio y las de nacimiento?
Es la primera vez en provincia.

Daniela
Yo las presento con la planilla de inicio...en un sobre, original y copia simple para que el Secretario certifique la autenticidad y desp se pide el desglose.
Además de eso, el Ius y bono.
 #141693  por Alejandra Radua
 
borshis escribió:
Alejandra Radua escribió:Directamente voy con la planilla de inicio y fotocopia del DNI del padre? Cuando se presenta la partida de matrimonio y las de nacimiento?
Es la primera vez en provincia.

Daniela
Yo las presento con la planilla de inicio...en un sobre, original y copia simple para que el Secretario certifique la autenticidad y desp se pide el desglose.
Además de eso, el Ius y bono.
Gracias Borshis.

 #141694  por diegogvillamayor
 
Hola que tal no te dije lo del certificado de nacimiento, pero lo debes presentar tambien ya que sino no acreditas el vinculo.
Bono y Ius nunca presente cuando inicio, pero presentalos total alguna ves los tenes que pagar.
Es decir sortea con dni, planilla, certificado y si queres bono e Ius.

saludos
 #141697  por Alejandra Radua
 
diegogvillamayor escribió:Hola que tal no te dije lo del certificado de nacimiento, pero lo debes presentar tambien ya que sino no acreditas el vinculo.
Bono y Ius nunca presente cuando inicio, pero presentalos total alguna ves los tenes que pagar.
Es decir sortea con dni, planilla, certificado y si queres bono e Ius.

saludos
Muchas gracias Diego.

 #152450  por sussannitta
 
POR FAVOR,PODRIAN ENVIARME UN MODELO DE REGIMEN DE VISITA?
muchas gracias.
SALUDOS
sussannitta
 #152494  por claudiarf
 
Te paso un convenio tipo

IV. TENENCIA Y REGIMEN DE VISITAS:

De común acuerdo ambas partes acuerdan en celebrar el siguiente convenio:

PRIMERA: Tenencia: Se otorga la tenencia definitiva de los hijos menores ........., a la madre ...........

SEGUNDA: Régimen de Visitas: Se establece un régimen amplio y abierto de visitas a favor del padre ..... , quien podrá retirar y reintegrar a los hijos menores todos los días de la semana. Asimismo, los menores podrán quedarse a pernoctar en la casa del padre de acuerdo a la conveniencia de los mismos. Vacaciones de verano: los menores permanecerán con el padre uno de los meses estivales, estableciéndose en su oportunidad entre ambos padres y de acuerdo al interés de los menores la elección del mismo. Vacaciones invernales: una de las dos semanas permanecerán con el padre, siendo la elección de las mismas entre ambos padres y de acuerdo al interés de los menores.

TERCERA: Alimentos: Se estipula en concepto de alimentos para los menores la suma de pesos quinientos ($ 600.-) a partir del mes de Junio de 2001, que serán pagados en efectivo contra recibo y/o depositados en una cuenta bancaria. Asimismo, serán a su cargo el pago de la obra social de los menores. Se establece el pago de la suma de pesos doscientos ($ 200.-) mensuales para el pago de los gastos de electricidad, gas, Aguas Argentinas y ABL de la vivienda donde vivirán los menores junto con su madre, siempre y cuando no conviva persona alguna ajena a dicho núcleo familiar.